Articulo 15 Bases y criterios para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía local
Artículo 15. Requisitos
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Para ser admitido o admitida a los concursos-oposición por promoción interna, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser personal funcionario de carrera, en la categoría inmediatamente inferior, integrado en la subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares.
En el caso de la promoción interna ordinaria, perteneciente al mismo cuerpo de policía local, y en el caso de la promoción interadministrativa por movilidad, de otro cuerpo de policía local de la Comunitat Valenciana.
b) Haber prestado servicios, al menos dos años, como personal funcionario en la categoría inmediatamente inferior.
c) Que no se le haya suspendido ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2, regulados en el Reglamento general de conductores (Real decreto 818/2009).
e) Estar en posesión de la titulación exigida, para el acceso a la escala a la que se concurra.
