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Segundo.Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública

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Segundo. Agilización y mejora de los procesos selectivos.

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El Gobierno de España y las organizaciones sindicales firmantes, reconocen que el acceso al empleo público es un instrumento clave para la modernización, la transformación de las administraciones públicas, y el fortalecimiento de las instituciones. Además, es un pilar esencial en la prestación de servicios públicos de calidad a la ciudadanía y garantía de la igualdad.
En este sentido, las partes convienen que los procesos selectivos han de adaptarse al nuevo contexto de transformación digital de las Administraciones Públicas y a las necesidades de la ciudadanía, y deben compatibilizar la exigencia de acreditación de competencias en el acceso al empleo público junto con la necesaria reducción de los plazos en el desarrollo de tales procesos. Será fundamental reforzar la atracción y retención del talento, mejorar la eficacia y la calidad en la selección de las empleadas y empleados públicos y dar respuesta ágil a las necesidades estructurales en las administraciones públicas.
El Gobierno de España y las organizaciones sindicales firmantes reafirman su compromiso con el fortalecimiento de unos servicios públicos de calidad, sustentados en un empleo público estable y de calidad, en cumplimiento de los objetivos asumidos por España ante la Unión Europea y de lo dispuesto en la normativa vigente.
Para ello, las partes se comprometen a impulsar, en el marco de la negociación colectiva que proceda, las siguientes medidas de actuación:
a) Adoptar medidas de planificación plurianual de recursos humanos, basados en un diagnóstico previo, que incluya las necesidades estructurales prestadas mediante otras fórmulas y la previsión de jubilaciones anticipadas parciales, para renovar las plantillas y adecuarlas a las necesidades reales de las Administraciones Públicas.
b) Reducir los plazos máximos para el desarrollo de los procesos selectivos y trámites hasta la toma de posesión que permitan, conforme al marco jurídico, la incorporación del personal en el menor tiempo compatible con la garantía de transparencia y objetividad, avanzando hacia modelos de ejecución anual de la oferta de empleo público.
c) Publicar los calendarios de desarrollo de los procesos selectivos con objeto de aportar una mayor seguridad y previsibilidad a las personas aspirantes.
d) Adaptar las bases, la composición de los órganos de selección, las pruebas y los criterios de evaluación de los procesos selectivos, a las características propias de los distintos cuerpos y escalas, adecuando los contenidos de las pruebas al actual modelo educativo, al conocimiento y el enfoque competencial.
e) En el ámbito de la Administración General del Estado, y donde se valore por otras Administraciones Públicas, favorecer la territorialización de los procesos selectivos, aportando mayor proximidad, eficiencia y rapidez, sin perjuicio de la titularidad competencial de cada administración y de las garantías de acceso en igualdad de toda la ciudadanía.
f) Promover la especialización, profesionalización y estabilidad de los órganos de selección, con formación específica, uso de herramientas digitales, evaluación de las convocatorias previas y difusión de buenas prácticas, para reducir las incidencias y obstáculos en el desarrollo de los procedimientos selectivos. Asimismo, se impulsarán mecanismos de seguimiento y análisis del desarrollo y la ejecución de los procesos selectivos con participación de las organizaciones sindicales representativas.
g) Impulsar la simplificación y reducción de cargas administrativas en las distintas fases de los procedimientos de empleo público, promoviendo la automatización de trámites y la utilización de plataformas digitales comunes.
h) Extender y reforzar los programas de becas y ayudas para personas aspirantes a procesos selectivos, con el objetivo de atraer talento a las Administraciones Públicas, contribuyendo a superar barreras socioeconómicas que socaven los principios constitucionales de igualdad mérito y capacidad.
i) En la determinación de las Ofertas Públicas de Empleo, se implantará gradualmente un modelo alternativo al actual, que incorpore criterios de planificación estratégica y gestión de recursos humanos, dentro del marco establecido para la suficiencia y estabilidad presupuestarias.
j) Favorecer el incremento de la oferta de vacantes en los territorios con mayores dificultades de cobertura.