Articulo 273 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon
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»Artículo 273. Objeto y competencia.
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Mediante la concesión un empresario asume la gestión y la explotación de un servicio público local a su riesgo y ventura, aportando los medios personales, materiales y técnicos necesarios. La concesión podrá comprender, también, la realización de las obras necesarias para establecer el servicio.
