Articulo 3 Acreditación de la vivencia de los perceptores de pensiones de la Seguridad Social española, en su modalidad contributiva, residentes en el extranjero
Ver Indice
»Tercero.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de marzo de 2014.
-El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.
