Articulo 3 y Publica bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Admin. local con habilitación de carácter nacional
Tercera. Documentación y plazo para participar.
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1. En el plazo de quince días hábiles a partir de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», el personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional que desee tomar parte en el mismo dirigirá a la corporación local convocante del puesto al que concurse, la siguiente documentación:
- Solicitud de participación comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a que se refieren el artículo 36 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y la base segunda, apartado 2.
- Documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica para los puestos situados en el ámbito territorial de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo que establece la base quinta de la presente resolución, así como del conocimiento de la lengua propia en las comunidades autónomas de las Illes Balears, Cataluña, Galicia y Comunidad Valenciana y de los méritos específicos de cada puesto, en los términos que se indican en las correspondientes bases de convocatoria autonómicas que se relacionan en el anexo I.
- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos por conciliación que puedan resultarle de aplicación para la adjudicación del puesto y a los que le serán de aplicación lo dispuesto en la base cuarta.
2. Los y las concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa del conocimiento de la lengua, en su caso, y méritos de determinación autonómica en todas las corporaciones en que soliciten puestos.
Asimismo, quienes concursen a dos o más puestos especificarán el orden de prelación en que los han solicitado, en idéntico plazo de quince días hábiles, necesariamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el siguiente enlace: https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/311.
El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, incluso en caso de que se concurse a más de una subescala y/o categoría. La formulación de orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante. La presentación del orden de prelación no sustituirá en ningún caso a la solicitud de participación dirigida a la corporación local convocante.
3. La solicitud de participación habrá de presentarse con arreglo al modelo previsto en la base decimotercera del anexo del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
El orden de prelación de adjudicaciones se cumplimentará y firmará electrónicamente a través del formulario disponible en la sede electrónica, en el enlace indicado en el punto 2.
4. Los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, deberán reunirse a la fecha de la firma de la presente resolución.
