Articulo 311 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon
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»Artículo 311. Programa.
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Cuando la Entidad local participe mayoritariamente en el capital social, la sociedad elaborará anualmente un programa de actuación, inversiones y financiación, de acuerdo con lo que establecen la legislación aplicable y el artículo 258 de este Reglamento.
