Articulo 3148 Código tributario de Cataluña
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»Artículo 314-8. Memoria anual
Vigente
1. El Consejo Fiscal de Cataluña debe elaborar una memoria anual de sus actividades y de las conclusiones de las consultas, informes, estudios y dictámenes que ha tramitado.
2. Dentro del primer trimestre de cada año el Pleno del Consejo debe aprobar la memoria anual que eleva al Gobierno y constituye el fundamento del informe que se presenta al Parlamento de Cataluña dentro del primer semestre de cada año.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017