Artículo 35 DIRECTIVA (U...ón Europea

Artículo 35. DIRECTIVA (UE) 2026/1021, de 29 abril de 2026, DOUE, sobre la lucha contra la corrupción, por la que se sustituyen la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo y el Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea

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Artículo 35. Sustitución de la Decisión marco 2003/568/JAI y del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea

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1. Queda sustituida, por lo que respecta a los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, la Decisión marco 2003/568/JAI, sin perjuicio de las obligaciones de dichos Estados miembros relativas a la fecha de transposición de esa Decisión marco al Derecho interno.

Por lo que respecta a los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, las referencias a la Decisión marco 2003/568/JAI se entenderán hechas a la presente Directiva. En particular, las referencias al artículo 2 de la Decisión marco 2003/568/JAI se entenderán hechas al capítulo II de la presente Directiva.

2. Queda sustituido, por lo que respecta a los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, el Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea.

Por lo que respecta a los Estados miembros vinculados por la presente Directiva, las referencias a dicho Convenio se entenderán hechas a la presente Directiva. En particular, las referencias al artículo 3 de dicho Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea se entenderán hechas al capítulo II de la presente Directiva.