Artículo 4 Horarios 2026 de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos
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»Artículo 4. Sesiones destinadas a personas menores de edad
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Los locales que hayan obtenido autorización para la celebración de sesiones especiales dirigidas a personas menores de edad, podrán iniciar la actividad o espectáculo a partir de las 17:00 horas.
En todo caso, deberán finalizar como máximo a las 22:00 horas del mismo día. Estos establecimientos permanecerán cerrados al menos durante una hora, desde la finalización de la sesión y el comienzo de las sesiones ordinarias, si las tuvieren.
