Articulo 47 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon
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»Artículo 47. Prerrogativas.
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Las Entidades locales gozan, respecto de sus bienes, de las siguientes potestades y prerrogativas.
a) La potestad de investigación
b) La potestad de deslinde
c) La potestad de recuperación de oficio
d) La potestad de desahucio administrativo
e) La potestad sancionadora.
