Articulo 51 Texto Revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores
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El conjunto de paredes, suelo y techo debe conservar en caso de incendio y durante el tiempo necesario su resistencia mecánica, y no debe estar constituido por materiales que en caso de incendio puedan resultar peligrosos por su combustibilidad o por naturaleza y volumen de los gases y humos que puedan producir.
