Artículo 6. DECRETO 77/2026, de 19 de mayo, País Vasco, Estatuto de la Autoridad Vasca de Protección de Datos
Artículo 6.- Formación y sensibilización a la ciudadanía.
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Copiloto jurídico
1.– Con la finalidad de garantizar el adecuado conocimiento por la ciudadanía de su derecho fundamental a la privacidad y a la protección de datos en todas las esferas de la sociedad, la Autoridad Vasca de Protección de Datos elaborará materiales de sensibilización y promoverá campañas de comunicación y formación dirigidas a concienciar a la población sobre la importancia de ese derecho fundamental, así como sobre los derechos digitales. Estas acciones irán también dirigidas a las personas responsables de tratamiento para facilitar que estas impulsen el cumplimiento del principio de responsabilidad proactiva.
2.– Con el fin de sensibilizar e impulsar la protección de datos en proyectos y contenidos curriculares jurídicos y técnicos, la Autoridad Vasca de Protección de Datos concluirá acuerdos y convenios de colaboración con centros educativos no universitarios y responsables de tratamiento, profesionales y personas consumidoras y con las entidades que integran el sistema universitario vasco.
