Articulo 74 Reglamento de... de Aragon

Articulo 74 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon

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Artículo 74. Uso común especial.

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El uso común especial es aquel en que concurren circunstancias singulares de intensidad, peligrosidad u otras similares.