Articulo 8 Modelo de declaración 296 IRNR. No residentes sin establecimiento permanente. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta
Artículo 8.- Convenios o acuerdos de colaboración.
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1. De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Gestión de los Tributos del Territorio Histórico de Bizkaia aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio, el Departamento de Hacienda y Finanzas autorizará, a través de la celebración de convenios o acuerdos de colaboración con entidades o asociaciones reconocidas, la presentación telemática de la autoliquidación correspondiente al modelo 296 por parte de los y las profesionales colegiadas que sean personas asociadas o miembros de aquéllas, en nombre de terceras personas.
2. Los y las profesionales a que se refiere el apartado anterior, que presenten de forma telemática la autoliquidación correspondiente al modelo 296 de otras personas sujetos pasivos deberán ostentar la representación que en cada caso sea necesaria.
3. Dicha representación deberá ser acreditada en cualquier momento, a requerimiento del Departamento de Hacienda y Finanzas, por parte del o la profesional, según lo establecido en los convenios o acuerdos de colaboración.
