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CORRECCIÓN de errores del Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica. - Boletín Oficial del Estado, de 07-05-2003

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Ambito: BOE

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 106

F. Publicación: 07/05/2003

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 106 de 07/05/2003 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 100, de 26 de abril de 2003, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 16.234, primera columna, en el artículo noveno, la tabla actual debe sustituirse por la siguiente:

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

En la página 16.236, segunda columna, en el artículo decimoséptimo, apartado 4, donde dice: «4. Se introduce un nuevo artículo 10 en la Ley 2/1994, con el siguiente contenido», debe decir: «4. Se introduce un nuevo artículo 10 en la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, con el siguiente contenido».

En la página 16.237, primera columna, en la disposición transitoria única, donde dice: «... artículos 1 7 y 19 de este real decreto ley ...»,debe decir: «... artículos decimoséptimo y decimonoveno de este real decreto ley...».

En la página 16.237, segunda columna, en la disposición final primera, en el párrafo primero, donde dice: «... el artículo 4 del presente Real Decreto-ley...», debe decir: «el artículo octavo del presente real decreto ley...». En la página 16.237, segunda columna, en la disposición final segunda, apartado 1, en la undécima línea del texto de regulación, donde dice: «... con posterioridad a la entrada en vigor de la presente disposición.», debe decir: «... con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica».

En la página 16.237, segunda columna, en la disposición final segunda, en el apartado 2, en la undécima línea del texto de regulación, donde dice: «... con anterioridad a la entrada en vigor de la presente disposición...», debe decir: «... con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica, ...».