Corrección de errores de la Directiva (UE) 2016/798 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la seguridad ferroviaria ( DO L 138 de 26.5.2016 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 07-03-2017
Ambito: DOUE
Órgano emisor: CORRECCION DE ERRORES
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 59
F. Publicación: 07/03/2017
Documento oficial en PDF: Enlace
( Diario Oficial de la Unión Europea L 138 de 26 de mayo de 2016 )
En la página 134, en el artículo 33, apartado 1:
donde dice:
«1. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 2, 3 y 4, los artículos 8 a 11, el artículo 12, apartado 5, el artículo 15, apartado 3, los artículos 16 a 19, el artículo 21, apartado 2, el artículo 23, apartados 3 y 7, el artículo 24, apartado 2, [...]»,
debe decir:
«1. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 2, 3 y 4, los artículos 8 a 11, el artículo 12, apartado 5, el artículo 15, apartado 3, los artículos 16 a 19, el artículo 21, apartado 2, el artículo 22, apartados 3 y 7, el artículo 23, apartado 3, el artículo 24, apartado 2, [...]».