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CORRECCIÓN de errores de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. - Boletín Oficial del Estado, de 04-04-2003

Tiempo de lectura: 2 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Mayo de 2003

F. entrada en vigor: 24/04/2003

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 81

F. Publicación: 04/04/2003

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 81 de 04/04/2003 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de 31 de diciembre de 2002, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 46.021, segunda columna, artículo 20, apartado Uno, segundo párrafo, línea once, donde dice: «El número de plazas de militares profesionales de tropa y marinería será el necesario para alcanzar los efectivos fijados en la disposición adicional octava de la presente Ley de Presupuestos Generales del Estado», debe decir: «El número de plazas de militares profesionales de tropa y marinería será el necesario para alcanzar los efectivos fijados en la disposición adicional novena de la presente Ley de Presupuestos Generales del Estado».

En la página 46.043, primera columna, artículo 63, Coeficiente «C4», la segunda tabla debe sustituirse por la siguiente:

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En la página 46.045, primera columna, artículo 63, apartado Uno, en el epígrafe 1.1.7, figura una tabla en cuya última columna, «Código de modalidad», donde dice: «1161, 1162, 1163, 1164, 1165 y 1166», debe decir: «11 71, 1172, 1173, 1174, 1175 y 1176»

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En la página 46.048, segunda columna, artículo 63, apartado Uno, en el epígrafe 2.2.1, figura una tabla en una de cuyas columnas, la relativa al Coeficiente «C5», el dato de la segunda fila correspondiente a la frecuencia 1.000-3.000 MHz es 0,1473, en lugar de 1,1473.

En la página 46.051, primera columna, artículo 63, apartado Uno, en el epígrafe 3.2.2, figura una tabla cuyos datos han de ser los siguientes:

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En la página 46.068, en la disposición adicional undécima, apartado Uno, 3.° y 7.°, donde dice: «Administraciones públicas», debe decir: «Administraciones Públicas».