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Corrección de errores de la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE 'Ahorro de Energía', del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo., - Boletín Oficial del Estado, de 08-11-2013

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Noviembre de 2013

F. entrada en vigor: 28/11/2013

Órgano emisor: MINISTERIO DE FOMENTO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 268

F. Publicación: 08/11/2013

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 268 de 08/11/2013 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, publicada en el BOE número 219, de 12 de septiembre de 2013, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

Primera.

En la página 67141, en el apartado I, Objeto, segundo párrafo, donde dice: «exigencias básicas se establecen el artículo 15», debe decir: «exigencias básicas se establecen en el artículo 15».

Segunda.

En la página 67142, en el apartado III, Criterios generales de aplicación, último párrafo, donde dice: «Las citas a una disposición reglamentaria en este DB se refieren a la versión vigente en cada momento. Las citas de normas se refieren a las versiones que se indican en el documento 'Normas de aplicación', que tendrá el carácter de Documento Reconocido del CTE.», debe decir: «Las citas en este DB a una disposición reglamentaria o a una norma EN se refieren a la versión vigente en cada momento.».

Tercera.

En la página 67148, en el apartado 2.2.2, Edificios nuevos o ampliaciones de edificios existentes de otros usos, donde dice: «La calificación energética para el indicador consumo energético de energía primaria del edificio o la parte ampliada», debe decir: «La calificación energética para el indicador consumo energético de energía primaria no renovable del edificio o la parte ampliada».

Cuarta.

En la página 67148, en el apartado 3.2, Justificación del cumplimiento de la exigencia, punto 1, subapartado h), donde dice: «en caso de edificios de uso distinto al residencial privado, calificación energética para el indicador de energía primaria», debe decir: «en caso de edificios de uso distinto al residencial privado, calificación energética para el indicador de consumo energético de energía primaria no renovable».

Quinta.

En la página 67149, en la tabla 2.2, Eficiencia de los sistemas de referencia, en la columna en la que se especifican los rendimientos, donde dice: «0,9», debe decir: «0,92», y donde dice: «2,0», debe decir: «2,00».

Sexta.

En la página 67154, en la tabla 2.3, Transmitancia térmica máxima y permeabilidad al aire de los elementos de la envolvente térmica, en la fila relativa a la permeabilidad al aire de huecos, donde dice: « 50», debe decir: «≤ 50», y donde dice: « 27», debe decir: «≤ 27».

Séptima.

En la página 67154, en el apartado 2.2.2.1, Limitación de la demanda energética del edificio, en el punto 3, donde dice: «si la demanda energética resultante fuera igual o inferior a la obtenida aplicando los valores de la tabla a los elementos afectados.», debe decir: «si la demanda energética conjunta resultante fuera igual o inferior a la obtenida aplicando los valores de la tabla a los elementos afectados.»

Octava.

En la página 67179, en el apartado 1, Ámbito de aplicación, en el punto 1, subapartado a), donde dice: «a edificios de nueva construcción;», debe decir: «edificios de nueva construcción;».

Novena.

En la página 67179, en el apartado 1, Ámbito de aplicación, en el punto 1, subapartado b), donde dice: «intervención», debe decir: «intervenciones».

Décima.

En la página 67179, en el apartado 1, Ámbito de aplicación, en el punto 2, subapartado c), donde dice: «edificios independientes con una superficie útil total inferior a 50 m2:», debe decir: «edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2;».

Undécima.

En la página 67190, en la tabla 2.2, Contribución solar mínima en %. Caso Climatización de piscinas cubiertas, donde dice: «Demanda total de ACS del edificio (l/d)», no debe decir nada.

Duodécima.

En la página 67196, en la tabla 5.2, Plan de mantenimiento. Sistema de captación, en la nota al pie marcada con *, donde dice: «Operaciones a realizar en el caso de optar por las medidas b) o c) del apartado 2.1.2 párrafo 2», debe decir: «Operaciones a realizar en el caso de optar por las medidas b) o c) del apartado 2.2.2 párrafo 2».

Décimotercera.

En las páginas 67202 a 67209, en la numeración de los pies de página, donde dice: «64», «65», «66», «67», «68», «69», «70», y «71», debe decir: respectivamente, «63», «64», «65», «66», «67», «68», «69» y «70».