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CORRECCIÓN de errores del Acuerdo 9/2020, de 25 de octubre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, como autoridad competente delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determina la hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 26-10-2020

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 223

F. Publicación: 26/10/2020

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 223 de 26/10/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertido error en el texto remitido para su publicación del Acuerdo 9/2020, de 25 de octubre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, como autoridad competente delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determina la hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 222-Extraordinario, de 25 de octubre de 2020, se procede a efectuar la oportuna corrección:

En el citado Acuerdo, en la página 41163:

Donde dice:

«Tercero.- Régimen de recursos.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.»

Debe decir:

«Tercero.- Régimen de recurso.

Contra el presente acuerdo, dictado por delegación del Gobierno de la Nación, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, que se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León».