Legislación
Legislación

Correccion de errores del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuracion bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de credito. - Boletín Oficial del Estado, de 30-06-2009

Tiempo de lectura: 2 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Junio de 2009

F. entrada en vigor: 20/07/2009

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 157

F. Publicación: 30/06/2009

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 157 de 30/06/2009 y no contiene posibles reformas posteriores

Tiempo de lectura: 2 min


Advertidos errores en el Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 155, de 27 de junio de 2009, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 53203, artículo 3, apartado 4.b) donde dice: «.. Comisión de Economía..», debe decir: «.. Comisión de Economía y Hacienda..».

En la página 53206, artículo 7, apartado 6, párrafo inicial, donde dice: «Las inversiones que realice el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria en ejecución de un plan de reestructuración no estarán sujetas a las limitaciones u obligaciones legales aplicables en el caso de ayudas a cargo de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito, incluidas, en todo caso, las siguientes:», debe decir:» Las inversiones que realice el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria en ejecución de un plan de reestructuración no estarán sujetas a las limitaciones u obligaciones legales no aplicables en el caso de ayudas a cargo de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito, incluidas, en todo caso, las siguientes:».

En la página 53209, disposición adicional primera, donde dice: «Régimen jurídico de las garantías constituidas a favor del Fondo de Restructuración Bancaria o de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito», debe decir: «Régimen jurídico de las garantías constituidas a favor del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria o de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito».

En la página 53210, disposición final segunda. Uno a), donde dice: «.. artículo 1.8..» debe decir: «.. artículo 1..».

En la página 53211, disposición final tercera, en el apartado 8 del artículo 7 de la Ley 13/1985 que se modifica, donde dice «Ley 26/1988, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito», debe decir: «Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito».