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CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad (DOGC núm. 7426, de 3.8.2017)., - Diario Oficial de Cataluña, de 19-01-2018

Tiempo de lectura: 1 min

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7539

F. Publicación: 19/01/2018

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de Cataluña Número 7539 de 19/01/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

Habiendo observado una errata en el texto de la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad, enviado al DOGC y publicado en el núm. 7426, de 3.8.2017, se detalla su oportuna corrección:

En el Artículo 211-2. Funciones, donde dice:

«...

e) Actuar ante la administración tributaria competente en representación de los departamentos, entes y entidades que constituyen el sector público de la Generalidad, cuando tengan la condición de obligados tributarios respecto a los tributos gestionados por la Agencia, en los términos acordados por convenio o por el instrumento jurídico que corresponda.

...»

debe decir:

«...

e) Actuar ante la administración tributaria competente en representación de los departamentos, entes y entidades que constituyen el sector público de la Generalidad, cuando tengan la condición de obligados tributarios respecto a los tributos gestionados por dicha administración tributaria, en los términos acordados por convenio o por el instrumento jurídico que corresponda.

...»