Legislación
Legislación

Decreto 1/2017, de 10 de enero, que regula los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de Castilla-La Mancha. [2017/264] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 13-01-2017

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: DEROGADO. Desde 11 de Enero de 2022 por Decreto 126/2021, de 28 de diciembre, que regula los criterios y el procedimiento de admision del alumnado en los centros docentes publicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educacion Infantil, Educacion Primaria, Educacion Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la comunidad autonoma de Castilla-La Mancha. [2022/40]

F. entrada en vigor: 14/01/2017

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 9

F. Publicación: 13/01/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Principios generales. Artículo 3. Acceso por primera vez a un centro y permanencia en el mismo. Artículo 4. Programación de puestos escolares. Artículo 5. Áreas de influencia. Artículo 6. Adscripción de centros.
CAPÍTULO II. Criterios de admisión
Artículo 7. Criterios de admisión.
CAPÍTULO III. Directores y directoras de centros docentes públicos, Consejos escolares, Comisiones de Garantías de Admisión y Oficinas Municipales de Escolarización.
Artículo 8. Directores y directoras de centros docentes públicos, titulares de centros docentes privados concertados y consejos escolares. Artículo 9. Comisiones de Garantías de Admisión y Oficinas Municipales de Escolarización.
CAPÍTULO IV. Procedimiento de admisión.
Artículo 10. Convocatoria y presentación de solicitudes. Artículo 11. Confidencialidad de la información. Artículo 12. Valoración. Artículo 13. Prioridad en la admisión. Artículo 14. Resolución del procedimiento de admisión de alumnado. Artículo 15. Escolarización de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Admisión de alumnado en Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior de Formación profesional. D.A. 2ª. Admisión de alumnado de Enseñanzas de Régimen Especial. D.A. 3ª. Admisión de alumnado en residencias escolares. D.A. 4ª. Admisión de alumnado en los centros de educación de personas adultas. D.A. 5ª. Admisión de alumnado de Primer o Segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria en Colegios de Educación Infantil y Primaria. D.A. 6ª. Colaboración con las autoridades locales y otras instancias administrativas. D.A. 7ª. Transparencia del proceso de admisión de alumnado. D.A. 8ª. Régimen disciplinario y sancionador.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo y ejecución. D.F. 2ª. Entrada en vigor.