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DECRETO 117/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de policía y gestión de los puertos de gestión directa de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 03-06-2015

Tiempo de lectura: 24 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Junio de 2015

Órgano emisor: CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y POLITICA TERRITORIAL

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 105

F. Publicación: 03/06/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único.- Aprobación del Reglamento de policía y gestión de los puertos de gestión directa de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor.
ANEXO. REGLAMENTO DE POLICÍA Y GESTIÓN DE LOS PUERTOS DE GESTIÓN DIRECTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO
Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA CANARIA
Artículo 3.- Administración y competencias.
TÍTULO II. PERSONAL DE VIGILANCIA DEL DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
CAPÍTULO I. OFICIALES DE PUERTOS
Artículo 4.- Definición. Artículo 5.- Funciones.
CAPÍTULO II. VIGILANTES DE SEGURIDAD PRIVADA
Artículo 6.- Vigilantes de seguridad privada.
TÍTULO III. USO DE INFRAESTRUCTURAS, INSTALACIONES Y SERVICIOS PORTUARIOS
Artículo 7.- Uso de las infraestructuras e instalaciones. Artículo 8.- Servicios prestados por la Administración portuaria canaria y por terceros. Artículo 9.- Seguros. Artículo 10.- Impago de servicios. Artículo 11.- Usos y actividades permitidos.
TÍTULO IV. ACCESO Y CIRCULACIÓN EN LAS ZONAS DE SERVICIO
Artículo 12.- Acceso a la zona de servicio. Artículo 13.- Circulación de vehículos. Artículo 14.- Uso de escaleras, pasarelas y pantalanes. Artículo 15.- Estacionamientos de vehículos y depósito de embarcaciones y mercancías.
TÍTULO V. ATRAQUES
CAPÍTULO I. NORMAS GENERALES
Artículo 16.- Normas de aplicación. Artículo 17.- Solicitud de entrada y atraque. Artículo 18.- Asignación de atraque. Artículo 19.- Turno de atraque. Artículo 20.- Fondeo. Artículo 21.- Embarcaciones con mercancías peligrosas. Artículo 22.- Plazo para la ejecución de las operaciones de atraque, carga y descarga. Artículo 23.- Trabajos extraordinarios. Artículo 24.- Embarcaciones que no hagan operaciones de carga y descarga. Artículo 25.- Embarcaciones averiadas o en peligro. Artículo 26.- Averías causadas en las embarcaciones. Artículo 27.- Averías causadas por las embarcaciones. Artículo 28.- Precauciones durante el atraque. Artículo 29.- Vertido de residuos. Artículo 30.- Velocidad de navegación dentro del puerto. Artículo 31.- Prohibición de salida.
CAPÍTULO II. ATRAQUE DE EMBARCACIONES PESQUERAS
Artículo 32.- Embarcaciones pesqueras. Artículo 33.- Designación y efectos de la asignación de atraques. Artículo 34.- Embarcaciones sin base en el puerto. Artículo 35.- Liquidación de tasas y confección de estadísticas. Artículo 36.- Cambio de puerto base.
CAPÍTULO III. ATRAQUE DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS
Artículo 37.- Embarcaciones deportivas. Artículo 38.- Asignación de amarres. Artículo 39.- Administración de amarres. Artículo 40.- Plazo de duración de las asignaciones. Artículo 41.- Estancia de embarcaciones de paso. Artículo 42.- Utilización de los amarres asignados. Artículo 43.- Transmisión de amarres. Artículo 44.- Gestión de amarres. Artículo 45.- Tarifas. Artículo 46.- Documentación a aportar. Artículo 47.- Lista de espera. Artículo 48.- Gestión de la lista de espera. Artículo 49.- Asignación de amarre a usuarios de alta en la lista de espera. Artículo 50.- Baja en la asignación de amarre de base. Artículo 51.- Validez de las autorizaciones.
TÍTULO VI. ACUICULTURA
Artículo 52.- Prestación de servicios. Artículo 53.- Concesión administrativa. Artículo 54.- Zona de operaciones. Artículo 55.- Permisos pertinentes.
TÍTULO VII. GESTIÓN DE LOS VARADEROS
Artículo 56.- Servicios que presta el varadero. Artículo 57.- Ámbito de aplicación. Artículo 58.- Plazo y solicitud de uso del varadero. Artículo 59.- Prórroga de uso del varadero. Artículo 60.- Uso de las instalaciones. Artículo 61.- Obligaciones de los usuarios. Artículo 62.- Acceso a las instalaciones. Artículo 63.- Responsabilidad de terceros. Artículo 64.- Aseguramientos. Artículo 65.- Garantías de pago. Artículo 66.- Trabajos a bordo y traslado de embarcaciones. Artículo 67.- Medios de varada. Artículo 68.- Requisitos para el uso de grúas. Artículo 69.- Plan de prevención de riesgos laborales. Artículo 70.- Localización de actividades. Artículo 71.- Gestión de residuos. Artículo 72.- Casos de emergencia. Artículo 73.- Facultades de reserva. Artículo 74.- Derrame de carburante. Artículo 75.- Prohibiciones.
TÍTULO VIII. MANIPULACIÓN DE MERCANCÍAS
Artículo 76.- Ejercicio de la actividad. Artículo 77.- Solicitud de servicios. Artículo 78.- Demora en el comienzo de las operaciones. Artículo 79.- Trato de las mercancías. Artículo 80.- Precauciones. Artículo 81.- Prohibición de depósito. Artículo 82.- Depósitos incorrectos. Artículo 83.- Levante y retirada de mercancías. Artículo 84.- Descarga de embarcaciones en peligro. Artículo 85.- Mercancías averiadas. Artículo 86.- Abono de cargos. Artículo 87.- Mercancías peligrosas. Artículo 88.- Mercancías que requieren trato especial. Artículo 89.- Mercancías intervenidas. Artículo 90.- Mercancías abandonadas. Artículo 91.- Ganado. Artículo 92.- Pesca. Artículo 93.- Precauciones referentes a elementos auxiliares. Artículo 94.- Precauciones generales. Artículo 95.- Precauciones contra incendios.
TÍTULO IX. ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES EN LA ZONA DE SERVICIO
Artículo 96.- Obras e instalaciones. Artículo 97.- Utilización de terrenos, obras o instalaciones. Artículo 98.- Actividades industriales o comerciales. Artículo 99.- Censo de consignatarios y agentes portuarios. Artículo 100.- Normas generales. Artículo 101.- Otras actividades. Artículo 102.- Prohibiciones generales.
TÍTULO X. AVERÍAS, DAÑOS Y PERJUICIOS
Artículo 103.- Normas generales. Artículo 104.- Daños ocasionados por las embarcaciones. Artículo 105.- Daños ocasionados en tierra. Artículo 106.- Liquidación de averías. Artículo 107.- Perjuicios. Artículo 108.- Otras responsabilidades.
TÍTULO XI. ABANDONO DE EMBARCACIONES Y DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO I. EMBARCACIONES EN SITUACIÓN DE ABANDONO O SITUADAS EN TIERRA SIN ACTIVIDAD
Artículo 109.- Concepto legal de abandono. Artículo 110.- Competencia y procedimiento para su declaración. Artículo 111.- Embarcaciones en tierra sin actividad. Artículo 112.- Vía ejecutiva.
CAPÍTULO II. DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Artículo 113.- Objeto. Artículo 114.- Competencia. Artículo 115.- Procedimiento para el ejercicio de la potestad de desahucio. Artículo 116.- Medidas de protección. Artículo 117.- Medidas cautelares.
TÍTULO XII. DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE SERVICIO DEL PUERTO
Artículo 118.- Documento de Delimitación de la Zona de Servicio del Puerto. Artículo 119.- Contenido del Documento de Delimitación de la Zona de Servicio del Puerto. Artículo 120.- Módulos de atraque. Artículo 121.- Separación entre estructuras de atraque. Artículo 122.- Aprobación del Documento de Delimitación de la Zona de Servicio del Puerto. Artículo 123.- Delimitación y Ampliación de la Zona de Servicio del Puerto (DZSP). Artículo 124.- Efectos del Documento de Delimitación de la Zona de Servicio del Puerto.
TÍTULO XIII. NORMATIVA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
Artículo 125.- Planes de protección de la instalación portuaria. Artículo 126.- Planes de autoprotección. Artículo 127.- Asignación de dependencias a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
TÍTULO XIV. NORMATIVA AMBIENTAL
Artículo 128.- Planes interiores de contingencias por contaminación marina accidental y planes interiores marítimos. Artículo 129.- Planes de recepción y manipulación de desechos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Normas complementarias. D.A. 2ª.- Norma de aplicación supletoria.