Legislación
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Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 03-08-2018

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Octubre de 2023

F. entrada en vigor: 04/08/2018

Órgano emisor: CONSEJERIA DE JUSTICIA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 150

F. Publicación: 03/08/2018


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Condiciones generales.
CAPÍTULO II. Modalidades de espectáculos públicos y actividades recreativas, tipos de establecimientos públicos y requisitos para su celebración, apertura o instalación
Artículo 3. Modalidades de espectáculos públicos, actividades recreativas y tipos de establecimientos públicos. Artículo 4. Modalidades de espectáculos públicos y actividades recreativas. Artículo 5. Tipos de establecimientos públicos. Artículo 6. Aforo de los establecimientos públicos. Artículo 7. Régimen de apertura o instalación de establecimientos públicos. Artículo 8. Contenido de las autorizaciones. Artículo 9. Requisitos de la declaración responsable de apertura de establecimientos públicos. Artículo 10. Establecimientos dedicados al desarrollo de más de un tipo de espectáculo público o actividad recreativa. Artículo 11. Terrazas y veladores para el consumo de bebidas y comidas en establecimientos de hostelería. Artículo 12. Terrazas y veladores para el consumo de bebidas y comidas en establecimientos de ocio y esparcimiento. Artículo 13. Instalación de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales en el interior de establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento. Artículo 14. Actuaciones en directo y actuaciones en directo de pequeño formato en el interior de establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento. Artículo 15. Instalación de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales, actuaciones en directo y actuaciones en directo de pequeño formato en terrazas y veladores de establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento. Artículo 16. Información de las condiciones de los establecimientos públicos.
CAPÍTULO III. Horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos
Artículo 17. Régimen general de horarios de cierre. Artículo 18. Régimen general de horarios de apertura. Artículo 19. Otros horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos. Artículo 20. Otras especificaciones en materia de horarios. Artículo 21. Desalojo. Artículo 22. Horarios de las terrazas y veladores de los establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento. Artículo 23. Ampliación municipal de horarios generales de cierre. Artículo 24. Restricción municipal de horarios generales de apertura y cierre. Artículo 25. Régimen especial de horarios de cierre de establecimientos de hostelería en municipios turísticos y zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales. Artículo 26. Régimen especial de horarios de cierre de las terrazas y veladores de establecimientos de hostelería en municipios turísticos y zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales. Artículo 27. Otros regímenes especiales de horarios de establecimientos de hostelería sin música. Artículo 28. Normas comunes a los establecimientos de hostelería acogidos a horario especial. Artículo 29. Información del horario de apertura y cierre del establecimiento público.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de las condiciones de la actividad habitual de hostelería mediante su complemento con actuaciones en directo de pequeño formato. D.A. 2ª. Modificación de las condiciones de la actividad habitual de ocio y esparcimiento mediante su complemento con actuaciones en directo. D.A. 3ª. Instalación excepcional de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales y actuaciones en directo de pequeño formato en terrazas y veladores de establecimientos de hostelería. D.A. 4ª. Instalación excepcional de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales, baile, actuaciones en directo y actuaciones en directo de pequeño formato en terrazas y veladores de establecimientos de ocio y esparcimiento. D.A. 5ª. Adaptación de las ordenanzas municipales. D.A. 6ª. Parques acuáticos. D.A. 7ª. Hostelería desarrollada en vehículos. D.A. 8ª. Planes Municipales de organización del tiempo. D.A. 9ª. Asimilación de los establecimientos públicos del Nomenclátor y el Catálogo aprobado por el Decreto 78/2002, de 26 de febrero, a los epígrafes del Catálogo que se aprueba en este decreto. D.A. 10ª. Evaluación normativa. D.A. 11ª. Seguros de responsabilidad civil de los establecimientos de hostelería con música y de los establecimientos especiales para festivales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos de autorización de espectáculos públicos, actividades recreativas e instalación de establecimientos públicos no resueltos a la entrada en vigor de este Decreto. D.T. 2ª. Horarios de locales de apuestas hípicas externas, salas de bingo, salones de juego y tiendas de apuestas. D.T. 3ª. Horarios especiales concedidos con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto. D.T. 4ª. Procedimientos de autorización de horarios especiales no resueltos a la entrada en vigor de este Decreto. D.T. 5ª. Procedimientos de expedición de documentos de titularidad, aforo y horario no resueltos a la entrada en vigor de este Decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario. D.F. 2ª. Desarrollo normativo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO. Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía