Legislación
Legislación

DECRETO 156/2016, de 15 de noviembre, sobre obligaciones y derechos del personal cargo público. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 28-11-2016

Tiempo de lectura: 14 min

Tiempo de lectura: 14 min

Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Diciembre de 2019

F. entrada en vigor: 29/11/2016

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION PUBLICA Y JUSTICIA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 226

F. Publicación: 28/11/2016


CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Declaraciones responsables. Artículo 3.- Sistema de información electrónico de gestión documental. Artículo 4.- Contratos laborales de alta dirección. Artículo 5.- Protección de datos de carácter personal.
CAPÍTULO II. CATÁLOGO DE CARGOS PÚBLICOS
Artículo 6.- Contenido del Catálogo de cargos públicos. Artículo 7.- Actualización del Catálogo de puestos de cargos públicos. Artículo 8.- Publicación anual del Catálogo de cargos públicos. Artículo 9.- Publicación del inicio y de la finalización de la prestación de servicio como cargo público. Artículo 10.- Catálogo de actividades públicas asociadas a los puestos de cargo público.
CAPÍTULO III. OBLIGACIONES DE LA PERSONA CARGO PÚBLICO AL INICIO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Artículo 11.- Consentimiento de acceso a la información. Artículo 12.- Perfil profesional e información complementaria de los cargos públicos.
CAPÍTULO IV. CONFLICTO DE INTERESES
Artículo 13.- Obligación de abstención e inhibición de los cargos públicos. Artículo 14.- Procedimiento para la comunicar la abstención. Artículo 15.- Procedimiento para requerir la inhibición. Artículo 16.- Procedimiento para recusar al cargo público.
CAPÍTULO V. DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES Y RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES
SECCIÓN I. DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES
Artículo 17.- Declaración de actividades. Artículo 18.- Declaración del ejercicio de actividades docentes. Artículo 19.- Registro de Actividades.
SECCIÓN II. ACTIVIDADES COMPATIBLES
Artículo 20.- Compatibilidad de actividades públicas. Artículo 21.- Compatibilidad de actividades privadas. Artículo 22.- Compatibilidad con designación como cargo electivo. Artículo 23.- Compatibilidades con el ejercicio de docencia universitaria y formación de personal empleado público.
SECCIÓN III. PROCEDIMIENTO DE COMPATIBILIDAD Y ÓRGANOS COMPETENTES
Artículo 24.- Procedimiento de compatibilidad. Artículo 25.- Órganos competentes.
CAPÍTULO VI. DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS PATRIMONIALES
Artículo 26.- Declaración de bienes y derechos patrimoniales. Artículo 27.- Bienes excluidos de la declaración. Artículo 28.- Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales. Artículo 29.- Acceso al contenido del Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales. Artículo 30.- Información tributaria relativa al impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio. Artículo 31.- Informe de situación patrimonial del cargo público a la finalización de la prestación de servicios. Artículo 32.- Responsabilidades disciplinarias por incumplimiento de la presentación de la declaración.
CAPÍTULO VII. LIMITACIONES PATRIMONIALES IMPUESTAS AL CARGO PÚBLICO
Artículo 33.- Limitaciones patrimoniales en las participaciones societarias. Artículo 34.- Obligaciones de control y gestión de valores y de activos financieros.
CAPÍTULO VIII. OBLIGACIONES DE LOS CARGOS PÚBLICOS DURANTE LOS DOS AÑOS POSTERIORES A LA FINALIZACIÓN DEL SERVICIO
Artículo 35.- Prohibiciones posteriores a la finalización del servicio como cargo público. Artículo 36.- Procedimiento de compatibilidad de actividades privadas durante los dos años posteriores a la finalización del servicio como cargo público. Artículo 37.- Procedimiento abreviado de compatibilidad de actividades privadas durante los dos años posteriores a la finalización del servicio como cargo público. Artículo 38.- Compensación económica por incompatibilidad de actividad privada tras el cese. Artículo 39.- Publicidad.
CAPÍTULO IX. LIMITACIONES RETRIBUTIVAS DEL PERSONAL DIRECTIVO
Artículo 40.- Límite de retribuciones del personal directivo. Artículo 41.- Procedimiento para reconocer incentivos económicos al personal directivo de Entes Públicos de Derecho Privado, Sociedades Públicas, Consorcios, Fundaciones y Entidades participadas. Artículo 42.- Régimen retributivo de las Entidades participadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
CAPÍTULO X. RÉGIMEN DE INDEMNIZACIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS TEMPORALES POR CESE
Artículo 43.- Renuncia al derecho a percibir la indemnización y la prestación económica temporal. Artículo 44.- Procedimiento para tramitar la indemnización por cese y la prestación económica temporal. Artículo 45.- Indemnización por cese. Artículo 46.- Prestación económica temporal por cese.
CAPÍTULO XI. DERECHO A PENSIÓN VITALICIA
Artículo 47.- Órganos competentes para resolver el reconocimiento de la pensión vitalicia. Artículo 48.- Procedimiento para el reconocimiento del derecho a la pensión vitalicia. Artículo 49.- Publicidad de las pensiones vitalicias reconocidas.
CAPÍTULO XII. MEDIOS ELECTRÓNICOS Y TRANSPARENCIA
Artículo 50.- Utilización de medios electrónicos. Artículo 51.- Compromiso de publicidad activa. Artículo 52.- Compromiso de reutilización y apertura de datos. Artículo 53.- Indicadores de transparencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Ararteko y Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. D.A. 2ª.- Personal Cargo público con designación provisional. D.A. 3ª.- Personal directivo en entidades participadas. D.A. 4ª.- Vinculación del personal cargo público directivo del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. D.A. 5ª.- Sistema de publicidad. D.A. 6ª.- Órganos de comunicación con el Servicio de Registro de Personal. D.A. 7ª.- Información anual de retribuciones del personal directivo. D.A. 8ª.- Renovación de las obligaciones por nuevos nombramientos. D.A. 9ª.- Información al Parlamento Vasco sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones de los cargos públicos. D.A. 10ª.- Régimen lingüístico.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Obligaciones posteriores al cese. D.T. 2ª.- Adaptación y remisión de los contratos laborales de alta dirección. D.T. 3ª.- Obligaciones del personal directivo de las Entidades participadas. D.T. 4ª.- Obligaciones del personal cargo público que preste servicios a la entrada en vigor del presente Decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Código Ético y de Conducta. D.F. 2ª.- Entrada en vigor. ANEXO AL DECRETO 156/2016, DE 15 NOVIEMBRE. MODELO CORPORATIVO DE CONTRATO LABORAL DE ALTA DIRECCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI