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DECRETO FORAL 174/1999, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Boletín Oficial de Navarra de 06-08-1999

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Noviembre de 2023

F. entrada en vigor: 07/08/1999

Órgano emisor: DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 98

F. Publicación: 06/08/1999


PREÁMBULO Artículo único.-
REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS
TÍTULO I. Ámbito material, personal y temporal del hecho imponible
CAPÍTULO I. Rentas exentas
Artículo 1. Exención de determinados premios literarios, artísticos y científicos. Artículo 2 . Exención de becas al estudio y para la formación de científicos y tecnólogos. Artículo 3. Exención de las ayudas a los deportistas de alto nivel. Artículo 4. Exención de las gratificaciones extraordinarias percibidas por la participación en misiones de paz o humanitarias. Artículo 5. Exención de los rendimientos percibidos por trabajos realizados en el extranjero.
CAPÍTULO II. Imputación temporal
Artículo 6. Imputación temporal de ingresos y gastos.
TÍTULO II. Determinación de la renta
CAPÍTULO I. Reglas generales
Artículo 7. Concepto de valores o participaciones homogéneos.
CAPÍTULO II. Definición de la renta gravable
SECCIÓN 1.ª Rendimientos del trabajo
Artículo 8. Dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia. Artículo 9. Gastos deducibles por cuotas satisfechas a Colegios Profesionales. Artículo 10. Aplicación de la reducción del 30 por 100 a determinados rendimientos del trabajo Artículo 11. Aplicación de las reducciones del 40, 50 y 70 por 100 a determinados rendimientos del trabajo.
SECCIÓN 2.ª Rendimientos del capital
SUBSECCIÓN 1.ª Rendimientos del capital inmobiliario
Artículo 12. Gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario. Artículo 13. Gastos de amortización. Artículo 13 bis. Aplicación de la reducción del 40 por 100 a determinados rendimientos del capital inmobiliario. Artículo 14. Rendimientos del capital inmobiliario obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y rendimientos percibidos de forma fraccionada.
SUBSECCIÓN 2.ª Rendimientos del capital mobiliario
Artículo 15. Disposición parcial en contratos de seguro. Artículo 16. Tributación de la rentabilidad obtenida hasta el momento de la constitución de las rentas diferidas. Artículo 17. Requisitos exigibles a determinados contratos de seguro con prestaciones por jubilación e invalidez percibidas en forma de renta. Artículo 18. Gastos deducibles en determinados rendimientos del capital mobiliario. Artículo 19. Reducciones aplicables a los rendimientos del capital mobiliario derivados de contratos de seguro. Artículo 20. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y rendimientos percibidos de forma fraccionada.
SECCIÓN 3.ª Rendimientos de actividades empresariales y profesionales
SUBSECCIÓN 1.ª Normas generales
Artículo 21. Elementos patrimoniales afectos a una actividad. Artículo 22. Rendimientos de actividades empresariales o profesionales obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y rendimientos percibidos de forma fraccionada. Artículo 23. Regímenes de determinación de rendimientos de actividades empresariales o profesionales. Artículo 24. Incompatibilidades de los regímenes de determinación de los rendimientos.
SUBSECCIÓN 2.ª Amortizaciones
Artículo 25. Amortización de los elementos del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias afectos a una actividad. Artículo 26. Amortización del inmovilizado material según tablas. Artículo 27. Amortización mínima.
SUBSECCIÓN 3.ª Estimación directa simplificada y estimación directa especial
Artículo 28. Renuncia y exclusión. Artículo 29. Entidades en régimen de atribución. Artículo 30. Determinación del rendimiento neto. Artículo 31. Entidades en régimen de atribución.
SUBSECCIÓN 4.ª Estimación objetiva
Artículo 32. Ámbito de aplicación. Artículo 33. Renuncia. Artículo 34. Exclusión. Artículo 35. Coordinación con el Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 36. Determinación del rendimiento neto. Artículo 37. Actividades independientes. Artículo 38. Entidades en régimen de atribución.
SECCIÓN 4.ª Incrementos y disminuciones patrimoniales
Artículo 39. Importe de la retención o del ingreso a cuenta. Artículo 40. Exención en la transmisión de la vivienda habitual. Artículo 41. Exención por reinversión de elementos afectos a actividades empresariales o profesionales. Artículo 42. Incrementos de patrimonio por cambio de residencia al extranjero.
CAPÍTULO III. Rentas en especie
Artículo 43. Derechos de fundadores de sociedades. Artículo 44. Gastos por seguros de enfermedad que no constituyen retribución en especie. Artículo 45. Gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal que no constituyen retribución en especie. Artículo 46. Gastos en comedores de empresa. Artículo 47. Entrega de acciones o participaciones a trabajadores. Artículo 47 bis. Fórmulas indirectas de pago del servicio público de transporte colectivo de personas. Artículo 47 ter. Límites y características de determinadas retribuciones en especie.
CAPÍTULO IV. Base liquidable general
Artículo 48. Disposiciones de derechos consolidados de mutualidades de previsión social. Artículo 49. Excesos de aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social. Artículo 49 bis. Acreditación del número de socios, patrimonio y porcentaje máximo de participación en instituciones de inversión colectiva. Artículo 50. Consideración de minusválido y acreditación del grado de minusvalía.
TÍTULO III. Deducciones de la cuota
Artículo 51. Concepto de vivienda habitual. Artículo 52. Adquisición de la vivienda habitual y base de la deducción. Artículo 53. Cuentas vivienda. Artículo 54. Límite de las deducciones empresariales y profesionales. Artículo 55. Pérdida del derecho a deducir.
TÍTULO IV. Gestión del Impuesto
CAPÍTULO I. Obligación de declarar
Artículo 56. Obligación de declarar. Artículo 57. Autoliquidación e ingreso. Artículo 57 bis. Deducción por pensiones de viudedad y de jubilación. Artículo 58. Fraccionamiento en los supuestos de fallecimiento y de pérdida de la residencia. Artículo 59. Devoluciones de oficio. Artículo 60. Colaboración externa en la presentación y gestión de declaraciones y comunicaciones.
CAPÍTULO II. Obligaciones formales, contables y registrales
Artículo 61. Obligaciones formales, contables y registrales. Artículo 62. Otras obligaciones formales de información. Artículo 62 bis. Obligaciones de información de las entidades en atribución de rentas. Artículo 62 ter. Obligación de información de determinadas actividades por los operadores de plataformas. Artículo 62 quáter. Obligaciones de información respecto de determinadas operaciones con participaciones preferentes y otros instrumentos de deuda.
CAPÍTULO III. Declaraciones complementarias
Artículo 63. Plazo de presentación de declaraciones complementarias.
TÍTULO V. Pagos a cuenta
CAPÍTULO I. Retenciones e ingresos a cuenta. Normas generales
Artículo 64. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta. Artículo 65. Obligados a retener o ingresar a cuenta. Artículo 66. Obligación de practicar retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo 67. Importe de la retención o ingreso a cuenta. Artículo 68. Nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta. Artículo 69. Imputación temporal de las retenciones o ingresos a cuenta.
CAPÍTULO II. Cálculo de las retenciones
SECCIÓN 1.ª Rendimientos del Trabajo
Artículo 70. Importe de las retenciones sobre rendimientos del trabajo. Artículo 71. Tabla de porcentajes de retención y reglas para su aplicación. Artículo 72. Comunicaciones. Artículo 72 bis. Procedimiento especial para determinar las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo en el supuesto de cambio de residencia del extranjero a territorio español.
SECCIÓN 2.ª Rendimientos del capital mobiliario
Artículo 73. Importe de las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario. Artículo 74. Concepto y clasificación de activos financieros. Artículo 75. Requisitos fiscales para la transmisión, reembolso y amortización de activos financieros. Artículo 76. Base de retención sobre los rendimientos del capital mobiliario. Artículo 77. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario.
SECCIÓN 3.ª Rendimientos de actividades empresariales y profesionales
Artículo 78. Importe de las retenciones sobre rendimientos de actividades empresariales y profesionales.
SECCIÓN 4.ª Incrementos patrimoniales
Artículo 79. Importe de las retenciones sobre incrementos patrimoniales derivados de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva. Artículo 80. Base de retención sobre los incrementos patrimoniales derivados de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva. Artículo 81. Nacimiento de la obligación de retener. Artículo 82. Importe de las retenciones sobre otros incrementos de patrimonio.
SECCIÓN 5.ª Importe de las retenciones sobre determinadas rentas con independencia de su calificación
Artículo 83. Importe de las retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles. Artículo 84. Importe de las retenciones sobre derechos de imagen, propiedad intelectual e industrial y otras rentas.
CAPÍTULO III. Ingresos a cuenta
Artículo 85. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del trabajo. Artículo 86. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario. Artículo 87. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie de actividades empresariales y profesionales. Artículo 88. Ingresos a cuenta sobre premios. Artículo 89. Ingreso a cuenta sobre otras rentas.
CAPÍTULO IV. Obligaciones del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta
Artículo 90. Obligaciones formales del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta.
CAPÍTULO V. Pagos fraccionados
Artículo 91. Obligados al pago fraccionado. Artículo 92. Importe del fraccionamiento. Artículo 93. Declaración e ingreso. Artículo 94. Entidades en régimen de atribución de rentas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Mecanismos de reversión, períodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro sobre contratos de rentas vitalicias aseguradas celebrados a partir de 1 de abril de 2019.. D.A. 2ª.-Acuerdos previos de valoración de las retribuciones en especie del trabajo personal a efectos de la determinación del correspondiente ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.A. 3ª.-Normas para el registro de los elementos del inmovilizado material y de inversiones inmobiliarias. D.A. 4ª.-Obligaciones de colaboración de las instituciones de crédito. D.A. 5ª. Cuotas tributarias del Impuesto sobre Actividades Económicas. D.A. 6ª. Expedición de certificado. D.A. 7ª. Composición del activo en determinadas instituciones. D.A. 8ª. Aplicación del procedimiento de identificación y residencia de los residentes en la Unión Europea. D.A. 9ª. Participaciones en fondos de inversión cotizados y acciones de sociedades de inversión de capital variable índice cotizadas. D.A. 10ª. Determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa en las actividades agrícolas y ganaderas durante los años 2006 y 2007. D.A. 11ª. Atribución de funciones. D.A. 12ª. Aplicación de la deducción por inversión en empresas jóvenes e innovadoras.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Vigencia de las normas de presentación de declaraciones y de las que establecen obligaciones formales reguladas en el presente Reglamento. D.T. 2ª.-Cuentas vivienda constituidas con anterioridad a 1 de enero de 1999. D.T. 3ª. Dividendos y participaciones en beneficios procedentes de sociedades transparentes. D.T. 4ª. Procedimiento para hacer efectiva la obligación de informar respecto de los valores a que se refiere la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 19/2003, de 4 de julio. D.T. 5ª. Tratamiento de determinados instrumentos de renta fija a los efectos de las obligaciones de información respecto de personas físicas residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea. D.T. 6ª. Incrementos de patrimonio de terrenos rústicos recalificados. D.T. 7ª. Ampliación del plazo de reinversión en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual con posterioridad a que se hayan satisfecho cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Habilitación normativa. D.F. 2ª.-Entrada en vigor y aplicación.