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DECRETO 190/2004, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de provision de puestos de trabajo del personal funcionario de las Administraciones Publicas Vascas. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 27-10-2004

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Octubre de 2004

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 206

F. Publicación: 27/10/2004

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Normas derogadas.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo normativo. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.
ANEXO. REGLAMENTO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VASCAS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Finalidad de los sistemas de provisión. Artículo 3. Sistemas de provisión definitiva. Artículo 4. Sistemas de provisión temporal.
CAPÍTULO II. PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO MEDIANTE CONCURSO.
Artículo 5. Tipos de concursos. Artículo 6. Convocatorias de concursos. Artículo 7. Contenido mínimo de las convocatorias. Artículo 8. Bases marco. Artículo 9. Solicitudes. Artículo 10. Requisitos y condiciones generales de participación. Artículo 11. Méritos. Artículo 12. Fases de los concursos. Artículo 13. Valoración y acreditación de méritos y requisitos. Artículo 14. Monografías de los puestos. Artículo 15. Funciones de la comisión de valoración. Artículo 16. Composición de la comisión de valoración. Artículo 17. Cualificación de la comisión de valoración. Artículo 18. Normas de actuación de la comisión de valoración. Artículo 19. Desarrollo de los concursos. Artículo 20. Resolución. Artículo 21. Desistimiento y renuncia. Artículo 22. Cese y toma de posesión.
CAPÍTULO III. DE LA REMOCIÓN DE LOS PUESTOS OBTENIDOS EN CONCURSOS.
Artículo 23. Causas de remoción de los puestos de trabajo obtenidos por concurso. Artículo 24. Expediente contradictorio de remoción. Artículo 25. Órgano competente para iniciar el expediente de remoción. Artículo 26. Contenido. Artículo 27. Tramitación del expediente de remoción. Artículo 28. Procedimiento. Artículo 29. Resolución del expediente. Artículo 30. Efectos de la remoción.
CAPÍTULO IV. LIBRE DESIGNACIÓN.
Artículo 31. Puestos de libre designación. Artículo 32. Convocatoria. Artículo 33. Resolución. Artículo 34. Cese.
CAPÍTULO V. AMORTIZACIONES.
Artículo 35. Efectos de la amortización de puesto.
CAPÍTULO VI. DISCAPACIDADES.
Artículo 36. Principio de no discriminación.
CAPÍTULO VII. REDISTRIBUCIÓN DE EFECTIVOS.
Artículo 37. Criterios. Artículo 38. Efectos.
CAPÍTULO VIII. READSCRIPCIÓN DE PUESTOS.
Artículo 39. Criterios. Artículo 40. Efectos.
CAPÍTULO IX. PROGRAMAS DE RACIONALIZACIÓN.
Artículo 41. Disposiciones generales. Artículo 42. Diferentes medidas. Artículo 43. Procedimiento. Artículo 44. Reasignación de efectivos. Artículo 45. Fases. Artículo 46. Concursos de provisión restringidos.
CAPÍTULO X. COMISIONES DE SERVICIOS.
Artículo 47. Comisiones de servicios. Artículo 48. Comisiones de servicios forzosas. Artículo 49. Comisión de servicios para la provisión transitoria de puestos vacantes o con ocupante ausente. Artículo 50. Comisión de servicios para el desempeño de funciones. Artículo 51. Comisiones de servicios entre Administraciones Públicas. Artículo 52. Misiones de cooperación internacional. Artículo 53. Efectos.
CAPÍTULO XI. ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL.
Artículo 54. Adscripción provisional.
CAPÍTULO XII. NOMBRAMIENTO DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO.
Artículo 55. Nombramiento de personal funcionario interino. Artículo 56. Cese y modificación del nombramiento. Artículo 57. Régimen jurídico y retribuciones. Artículo 58. Selección.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Comisiones de servicios para la provisión transitoria de puestos en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Comisiones de servicios para la puesta en marcha de proyectos en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Comisión de servicios para la asignación provisional de funciones en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Las disposiciones adicionales anteriores no serán de aplicación al personal funcionario de la Policía del País Vasco, personal funcionario docente, personal funcionario y estatutario de Instituciones Sanitarias y personal funcionario de la Administración de Justicia.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Procedimientos en curso.