Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 27-03-2012
Índice
Texto
Ambito: Andalucía
Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2024
F. entrada en vigor: 28/03/2012
Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 60
F. Publicación: 27/03/2012
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto, ámbito de aplicación, finalidad y principios de actuación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Seguimiento y evaluación.
Artículo 4. Participación ciudadana.
Artículo 5. Entidades colaboradoras.
Artículo 6. Custodia del territorio.
Artículo 7. Subvenciones, ayudas e incentivos para la conservación de las especies silvestres y sus hábitats.
Artículo 8. Educación para la conservación.
Artículo 9. Información.
Artículo 10. Integración de los principios de conservación, restauración y uso sostenible de la biodiversidad en las políticas sectoriales.
Artículo 11. Reservas ecológicas.
CAPÍTULO II. La protección de las especies silvestres y sus hábitats
SECCIÓN 1.ª. Procedimiento de autorización para las excepciones al régimen general de protección
Artículo 12. Autorización de las excepciones.
Artículo 13. Solicitud.
Artículo 14. Órganos competentes.
Artículo 15. Control de la actuación autorizada.
Artículo 16. Comunicación de las autorizaciones.
Artículo 17. Medidas de prevención de daños a la agricultura o la ganadería.
SECCIÓN 2.ª. Procedimiento de autorización de otras actividades
Artículo 18. Captura y recolección de especies amenazadas para su conservación y recuperación.
Artículo 19. Autorización por razones de investigación.
Artículo 20. Anillamiento científico de aves.
Artículo 21. Fotografía, filmación, grabación y seguimiento de especies silvestres.
Artículo 22. Captura tradicional de aves fringílidas.
SECCIÓN 3.ª. Tenencia y cría en cautividad de fauna silvestre
Artículo 23. Tenencia en cautividad de especies de la fauna autóctona.
Artículo 24. Registro de Especies Amenazadas en Cautividad.
Artículo 25. Cesión de ejemplares de fauna.
Artículo 26. Cría en cautividad de fauna autóctona.
SECCIÓN 4.ª. Parques Zoológicos
Artículo 27. Régimen jurídico.
Artículo 28. Autorización.
Artículo 29. Inspección.
Artículo 30. Registro de parques zoológicos.
Artículo 31. Infracciones y sanciones.
SECCIÓN 5.ª. Red Andaluza de Centros de Conservación, Recuperación y Reintroducción de Especies Silvestres
Artículo 32. Red Andaluza de Centros de Conservación, Recuperación y Reintroducción de Especies Silvestres.
Artículo 33. Gestión de la Red.
Artículo 34. Acceso a los recursos genéticos y distribución de beneficios.
Artículo 35. Cultivo y comercialización de especies amenazadas de flora silvestre.
SECCIÓN 6.ª. Naturalización de ejemplares y colecciones científicas
Artículo 36. Naturalización de especies de fauna silvestre.
Artículo 37. Cesión de ejemplares muertos o de sus restos.
Artículo 38. Colecciones científicas.
CAPÍTULO III. Régimen especial de protección de las especies silvestres
SECCIÓN 1.ª. Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas
Artículo 39. Características del Listado y del Catálogo.
Artículo 40. Procedimiento de inclusión, cambio de categoría o exclusión de especies en el Listado y en el Catálogo.
SECCIÓN 2.ª. Planes de protección de especies amenazadas
Artículo 41. Planes de especies amenazadas.
Artículo 42. Contenido mínimo de los planes.
Artículo 43. Procedimiento de elaboración.
Artículo 44. Ejecución, seguimiento y evaluación de los planes.
CAPÍTULO IV. Conservación de los hábitats y otros elementos del paisaje y medidas preventivas y de protección ambiental
SECCIÓN 1.ª. Conservación de los hábitats y otros elementos del paisaje
Artículo 45. Conservación de los hábitats y otros elementos del paisaje.
Artículo 46. Restauración de hábitats.
Artículo 47. Conservación de bosques isla, setos, sotos, herrizas y otros elementos.
Artículo 48. Inventario de Corredores Ecológicos Prioritarios y otros elementos de conexión.
Artículo 49. Catálogo Andaluz de Árboles y Arboledas Singulares.
SECCIÓN 2.ª. Medidas preventivas y de protección ambiental
Artículo 50. Control de sustancias tóxicas.
Artículo 51. Especies exóticas.
Artículo 52. Especies exóticas invasoras.
Artículo 53. Autorización excepcional para la posesión, transporte y comercio de ejemplares de especies exóticas invasoras.
CAPÍTULO V. Actividades tradicionales, de ocio, deporte y turismo activo
Artículo 54. Actividades tradicionales, de ocio, deporte y turismo activo.
Artículo 55. Circulación de vehículos a motor en el medio natural.
Artículo 56. Limitaciones de carácter general.
Artículo 57. Limitaciones particulares.
CAPÍTULO VI. Registro Andaluz de Aprovechamientos de Flora y Fauna Silvestre
Artículo 58. Organización, publicidad y funciones del Registro Andaluz de Aprovechamientos de Flora y Fauna Silvestres.
CAPÍTULO VII. Régimen sancionador
Artículo 59. Régimen sancionador.
Artículo 60. Reparación e indemnización de daños.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Continuidad de los aprovechamientos autorizados
D.T. 2ª. Colecciones científicas existentes.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas.
D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO ENTIDAD COLABORADORA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE EN MATERIA DE CONSERVACIÓN DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES
ANEXO II. SOLICITUD DE CONSTITUCIÓN DE RESERVAS ECOLÓGICAS
ANEXO III. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES PROHIBIDAS CON CARÁCTER GENERAL EN EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY 8/2003, DE 28 DE OCTUBRE, DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES
ANEXO IV. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES PROHIBIDAS CON CARÁCTER GENERAL EN EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY 8/2003, DE 28 DE OCTUBRE, DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES, NO CONTENIDAS EN EL ANEXO III
ANEXO V. ESPECIES DE AVES FRINGÍLIDAS
ANEXO VI. COMUNICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN EN CENTROS PRIVADOS DE EJEMPLARES DE CRÍA DE ESPECIES INCLUIDAS EN EL CATÁLOGO ANDALUZ DE ESPECIES AMENAZADAS
ANEXO VII. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA CRÍA EN CAUTIVIDAD DE EJEMPLARES DE ESPECIES AUTÓCTONAS
ANEXO VIII. COMUNICACIÓN DE CRÍA EN CAUTIVIDAD DE EJEMPLARES DE ESPECIES AUTÓCTONAS
ANEXO IX. DOCUMENTOS DE SOLICITUD
ANEXO X. ESPECIES INCLUIDAS EN EL LISTADO ANDALUZ DE ESPECIES SILVESTRES EN RÉGIMEN DE PROTECCIÓN ESPECIAL EN EL QUE SE INCLUYE EL CATÁLOGO ANDALUZ DE ESPECIES AMENAZADAS
ANEXO XI. BAREMO DE INDEMNIZACIÓN POR ESPECIE Y EJEMPLAR O HUEVO