Legislación
Legislación

DECRETO 24/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas para el mantenimiento y mejora de los servicios de transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 22-02-2008

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Junio de 2018

F. entrada en vigor: 13/03/2008

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 22

F. Publicación: 22/02/2008


Preambulo Artículo Único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultad de desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en vigor.
ANEXO. REGLAMENTO DE MEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE INTERURBANO DE VIAJEROS POR CARRETERA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
TÍTULO II. TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS DE USO ESPECIAL: EJERCICIO DEL DERECHO DE PREFERENCIA E INTEGRACIÓN CON EL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL
CAPÍTULO I. Derecho de preferencia para la realización de servicios de transporte regular de viajeros de uso especial.
Artículo 4. Autorización administrativa para la realización de transportes regulares de uso especial. Artículo 5. Derecho de preferencia. Artículo 6. Ejercicio del derecho de preferencia. Artículo 7. Requisitos. Artículo 8. Denegación del ejercicio del derecho de preferencia. Artículo 9. Vigencia del derecho de preferencia.
CAPÍTULO II. Integración del transporte de uso general en el de uso especial.
Artículo 10. Autorización de la integración. Artículo 11. Iniciación e instrucción del procedimiento para la autorización. Artículo 12. Informe del órgano contratante del servicio de uso especial Artículo 13. Contenido de la resolución.
TÍTULO III. PRÓRROGA DE LAS CONCESIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL
Artículo 14. Prórroga de concesiones. Artículo 15. Condiciones para el otorgamiento de la prórroga. Artículo 16. Procedimiento para el otorgamiento. Artículo 17. Modificaciones de las concesiones prorrogadas Artículo 18. Incumplimiento.