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DECRETO 257/2019, de 13 de diciembre, del Consell, de regulación de los establecimientos de productos sanitarios en la Comunitat Valenciana. [2019/12463] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 30-12-2019

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Marzo de 2020

F. entrada en vigor: 30/03/2020

Órgano emisor: CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PUBLICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8707

F. Publicación: 30/12/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación, clases de establecimientos y procedimientos de aplicación Artículo 3. Definiciones
TÍTULO II. Procedimientos
CAPÍTULO I. Procedimientos de autorización sanitaria y de licencia previa de funcionamiento de instalaciones
Artículo 4. Procedimientos de autorización sanitaria y de licencia previa de funcionamiento de instalaciones Artículo 5. Comunicación de cambios de persona responsable técnica o directora técnica, nombre comercial o actividad subcontratada Artículo 6. Solicitud y comunicación de cambios Artículo 7. Documentación en el procedimiento de apertura y funcionamiento Artículo 8. Documentación en el procedimiento de modificación estructural Artículo 9. Documentación en el procedimiento de modificación por variación de la titularidad de establecimiento Artículo 10. Documentación en el procedimiento de traslado Artículo 11. Documentación en el procedimiento de cese de la actividad Artículo 12. Documentación en el procedimiento de revalidación Artículo 13. Documentación en la comunicación de cambio de persona responsable técnica o directora técnica Artículo 14. Documentación en la comunicación de cambio de actividades subcontratadas Artículo 15. Documentación en la comunicación de cambio de nombre comercial Artículo 16. Ordenación e instrucción Artículo 17. Propuesta de resolución Artículo 18. Resolución Artículo 19. Inscripción registral Artículo 20. Revocación de la autorización sanitaria y de la licencia previa de funcionamiento de instalaciones
CAPÍTULO II. Procedimientos de comunicación previa para el desarrollo de la actividad
Artículo 21. Procedimientos de comunicación previa para el desarrollo de la actividad Artículo 22. Comunicación Artículo 23. Documentación en el procedimiento de comunicación previa de inicio de la actividad, de los establecimientos de distribución, con o sin almacenamiento, de productos sanitarios Artículo 24. Documentación en el procedimiento de comunicación previa de modificación respecto a las condiciones en que se comunicó el inicio de la actividad, de los establecimientos de distribución, con o sin almacenamiento, de productos sanitarios Artículo 25. Documentación en el procedimiento de comunicación de cambio de nombre comercial, traslado y cese de la actividad, de los establecimientos de distribución, con o sin almacenamiento, de productos sanitarios Artículo 26. Documentación en los procedimientos de comunicación previa para el desarrollo de la actividad, de los establecimientos, puntos de venta o secciones de venta al público de productos sanitarios sin adaptación individualizada Artículo 27. Verificación e inscripción de la comunicación Artículo 28. Efectos de la comunicación
TÍTULO III. Infracciones y sanciones
Artículo 29. Infracciones y sanciones
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Incidencia presupuestaria D.A. 2ª. Tasas D.A. 3ª. Clínicas podológicas D.T. 1ª. Régimen de las autorizaciones vigentes D.T. 2ª. Expedientes en trámite
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Entrada en vigor