Legislación
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Decreto 32/2018, de 20 de marzo, por el que se regula el fondo de mejoras en montes catalogados de utilidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el régimen de subvenciones directas para los montes de utilidad pública no autonómicos. - Diario Oficial de Extremadura de 26-03-2018

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Abril de 2018

F. entrada en vigor: 15/04/2018

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLITICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 60

F. Publicación: 26/03/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto del decreto. Artículo 2. Composición del Fondo de Mejoras de los Montes Catalogados de Utilidad Pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CAPÍTULO II. RÉGIMEN JURÍDICO DEL FONDO DE MEJORAS EN MONTES AUTONÓMICOS
Artículo 3. Destino del Fondo de Mejoras en Montes Autonómicos. Artículo 4. Ingresos al Fondo de Mejoras en Montes Autonómicos. Artículo 5. Financiación de actuaciones con cargo al Fondo de Mejoras en Montes Autonómicos. Artículo 6. Actuaciones a financiar con cargo al Fondo de Mejoras en Montes Autonómicos.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN JURÍDICO DEL FONDO DE MEJORAS EN MONTES NO AUTONÓMICOS
SECCIÓN 1.ª Destino y administración del Fondo de Mejoras no Autonómicos
Artículo 7. Destino y administración del Fondo de Mejoras en Montes No Autonómicos. Artículo 8. Ingresos al Fondo de Mejoras en Montes No Autonómicos. Artículo 9. Información de los estados de cuentas relativos al Fondo de Mejoras.
SECCIÓN 2.ª Actuaciones con cargo al Fondo de Mejoras en Montes no Autonómicos
Artículo 10. Beneficiarios y financiación de las actuaciones con cargo al Fondo de Mejoras en Montes No Autonómicos Artículo 11. Actuaciones subvencionables con cargo al Fondo de Mejoras en Montes No Autonómicos. Artículo 12. Requisitos de las solicitudes de subvención. Artículo 13. Procedimiento de concesión. Comisión de Valoración. Artículo 14. Resolución. Artículo 15. Forma y comprobación de la justificación de las subvenciones. Artículo 16. Causas de reintegro. Artículo 17. Modificación de la resolución estimatoria de la subvención. Artículo 18. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Ingresos procedentes de montes comunales. D.A. 2ª. Composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Valoración.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Planificación de las actuaciones a financiar con cargo al Fondo de Mejoras.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Entrada en vigor.