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Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 20-02-2014

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2024

F. entrada en vigor: 21/02/2014

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 35

F. Publicación: 20/02/2014


TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Órganos competentes.
TÍTULO I. DE LOS ÓRGANOS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO
CAPÍTULO I. DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Artículo 3. Competencias.
CAPÍTULO II. DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Artículo 4. Competencias.
CAPÍTULO III. DE LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y CAMBIO CLIMÁTICO
Artículo 5. Competencias y funciones.
CAPÍTULO IV. DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO
Artículo 6. Competencias y funciones.
CAPÍTULO V. DE LAS COMISIONES TERRITORIALES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO
Artículo 7. Naturaleza jurídica y adscripción orgánica. Artículo 8. Composición. Artículo 9. Régimen de sesiones. Artículo 10. Preparación de asuntos. Artículo 11. Ponencias Técnicas. Artículo 12. Competencias.
CAPÍTULO VI. DE LAS PERSONAS TITULARES DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 13. Competencias.
TÍTULO II. OTROS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y DE CARÁCTER CONSULTIVO
CAPÍTULO I. DE LAS COMISIONES PROVINCIALES DE COORDINACIÓN URBANÍSTICA
Artículo 14. Carácter y composición. Artículo 15. Funciones. Artículo 16. Régimen de sesiones.
CAPÍTULO II. DEL CONSEJO ANDALUZ DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO
Artículo 17. Carácter y composición. Artículo 18. Funciones. Artículo 19. Convocatoria y régimen de sesiones.
TÍTULO III. DE LAS ACCIONES Y RECURSOS CONTRA LOS ACTOS Y DISPOSICIONES EN MATERIA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO
Artículo 20. Régimen jurídico.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informes, dictámenes y otros pronunciamientos al planeamiento urbanístico general. Plazo y procedimiento para su tramitación. D.A. 2ª. Instrumentos de planeamiento que deben someterse a informe de incidencia territorial y plazo para la emisión de este informe. D.A. 3ª. Instrucción e impulso de los procedimientos de tramitación/aprobación de los instrumentos de planeamiento formulados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. D.A. 4ª. Instrucción e impulso de los procedimientos y aprobación de los instrumentos de planeamiento en la aplicación del artículo 31.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. D.A. 5ª. Publicación de Acuerdos adoptados por la Consejería competente en materia de urbanismo. D.A. 6ª. Denominación de los Órganos Colegiados competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. D.A. 7ª. Evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico. D.A. 8ª. Órganos competentes para la evaluación ambiental de los instrumentos de ordenación urbanística.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos en tramitación. D.T. 2ª. Informes preceptivos en tramitación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas. D.F. 2ª. Modificación del Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía. D.F. 3ª. Modificación del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.F. 4ª. Modificación del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 155/1998, de 21 de julio. D.F. 5ª. Modificación del Decreto 189/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Prevención de avenidas e inundaciones en cauces urbanos andaluces. D.F. 6ª. Modificación del Decreto 95/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. D.F. 7ª. Composición de las Comisiones de Provinciales de Coordinación Urbanística. D.F. 8ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 9ª. Entrada en vigor. ANEXO. Municipios incluidos como Ciudades Principales y Ciudades Medias de nivel 1 en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.