Legislación
Legislación

Decreto Foral 40/2014, del Consejo de Diputados de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Boletín Oficial de Álava de 08-08-2014

Tiempo de lectura: 32 min

Tiempo de lectura: 32 min

Ambito: Álava

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Diciembre de 2023

F. entrada en vigor: 09/08/2014

Órgano emisor: DECRETOS FORALES DEL CONSEJO DE DIPUTADOS

Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 89

F. Publicación: 08/08/2014


TÍTULO I. RÉGIMEN ESPECIAL PARA TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DESPLAZADAS
Artículo 1. Contenido del régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas Artículo 2. Acreditación del derecho a aplicar el régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas Artículo 3. Ejercicio de la opción Artículo 4. Renuncia al régimen Artículo 5. Exclusión del régimen Artículo 6. Comunicaciones a la Administración tributaria y acreditación del régimen
TÍTULO II. RENTAS EXENTAS
Artículo 7. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador Artículo 8. Exención de premios relevantes relacionados con la defensa y promoción de los derechos humanos, literarios, artísticos o científicos Artículo 8 bis. Exención de prestaciones que responden a la misma finalidad que las citadas en el número 12 del artículo 9 de la Norma Foral. Artículo 9. Exención de las ayudas de contenido económico a los deportistas Artículo 10. Exención de las gratificaciones extraordinarias y las prestaciones de carácter público percibidas por la participación en misiones internacionales de paz o humanitarias Artículo 11. Exención para los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero Artículo 12. Exención de ayudas públicas prestadas por las Administraciones públicas territoriales
TÍTULO III. DETERMINACIÓN DE LA RENTA
CAPÍTULO I. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
Artículo 13. Dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia Artículo 14. Rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, rendimientos percibidos de forma fraccionada y determinación del período de generación Artículo 15. Porcentajes de integración aplicables a determinados rendimientos del trabajo Artículo 16. Límite de rendimientos irregulares Artículo 17. Opciones sobre acciones: límite específico de aplicación de porcentajes de integración
CAPÍTULO II. RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
SECCIÓN Primera. Normas Generales
Artículo 18. Elementos patrimoniales afectos a una actividad económica Artículo 19. Libertad de amortización, amortización acelerada y amortización conjunta Artículo 20. Volumen de operaciones Artículo 21. Cálculo de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas Artículo 22. Reinversión de beneficios extraordinarios Artículo 23. Consideración de microempresas y de pequeñas y medianas empresas de las entidades en atribución de rentas Artículo 24. Rendimientos de actividades económicas obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y rendimientos percibidos de forma fraccionada Artículo 25. Deducibilidad de los gastos financieros correspondientes a vehículos Artículo 26. Gastos no deducibles Artículo 27. Métodos de determinación de los rendimientos de las actividades económicas
SECCIÓN Segunda. Aplicación de la modalidad simplificada del método de estimación directa
Artículo 28. Normas generales de la modalidad simplificada del método de estimación directa Artículo 29. Opción a la modalidad simplificada del método de estimación directa Artículo 30. Entidades en régimen de atribución Artículo 31. Incompatibilidad de las modalidades simplificada y normal del método de estimación directa Artículo 32. Reglas especiales para la determinación del rendimiento neto mediante la modalidad simplificada del método de estimación directa para la actividad forestal Artículo 33. Normas para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a la actividad de elaboradores de vino y a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras Artículo 34. Reglas especiales para la determinación del rendimiento neto mediante la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a las actividades de transporte de mercancías por carretera
CAPÍTULO III. RENDIMIENTOS DEL CAPITAL
SECCIÓN Primera. Rendimientos del capital inmobiliario
Artículo 35. Consideración de rendimiento del capital inmobiliario procedente de viviendas Artículo 36. Gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario a que se refiere el apartado 2 del artículo 32 de la Norma Foral del Impuesto Artículo 37. Gastos de amortización de los bienes inmuebles Artículo 38. Rendimientos del capital inmobiliario a que se refiere el apartado 2 del artículo 32 de la Norma Foral del Impuesto obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, rendimientos percibidos de forma fraccionada y determinación del período de generación
SECCIÓN Segunda. Rendimientos del capital mobiliario
Artículo 38 bis. Rendimientos de capital mobiliario obtenidos por la cesión a terceros de capitales ajenos obtenidos a título gratuito Artículo 39. Disposición parcial en contratos de seguro Artículo 40. Tributación de la rentabilidad obtenida hasta el momento de la constitución de las rentas diferidas Artículo 41. Requisitos exigibles a determinados contratos de seguro con prestaciones por jubilación e invalidez percibidas en forma de renta a que se refiere el segundo párrafo de la letra d) del apartado 1 del artículo 36 de la Norma Foral del Impuesto Artículo 42. Gastos deducibles en determinados rendimientos del capital mobiliario Artículo 43. Rendimientos del capital mobiliario a que se refiere el artículo 39 de la Norma Foral del Impuesto obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, rendimientos percibidos de forma fraccionada y determinación del período de generación
CAPÍTULO IV. GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES
Artículo 44. Determinación del valor de adquisición Artículo 45. Régimen opcional de tributación para las ganancias patrimoniales derivadas de valores admitidos a negociación. Artículo 46. Exención por reinversión en vivienda habitual Artículo 46 bis. Exención en la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años que constituyan renta vitalicia asegurada a su favor. Artículo 47. Acreditación del número de socios, patrimonio y porcentaje máximo de participación en instituciones de inversión colectiva
CAPÍTULO V. VALORES O PARTICIPACIONES HOMOGÉNEOS
Artículo 48. Concepto de valores o participaciones homogéneos
CAPÍTULO VI. IMPUTACIÓN TEMPORAL
Artículo 49. Imputación temporal de rendimientos
CAPÍTULO VII. RENTAS EN ESPECIE
Artículo 50. Gastos por comedores de empresa que no constituyen retribución en especie Artículo 51. Cantidades destinadas al servicio de primer ciclo de educación infantil a hijos de trabajadores Artículo 52. Cantidades destinadas a la actualización, la capacitación y reciclaje del personal Artículo 53. Derechos de fundadores o promotores de sociedades Artículo 54. Cantidades destinadas para habituar al personal empleado en la utilización de nuevas tecnologías Artículo 55. Primas de seguro colectivo temporal de riesgo puro para muerte o invalidez
CAPÍTULO VIII. ATRIBUCIÓN DE RENTAS
Artículo 55 bis. Entidades no sometidas al régimen de atribución de rentas Artículo 55 ter. Rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de rentas correspondientes a las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso
TÍTULO IV. BASE LIQUIDABLE GENERAL
Artículo 56. Situación de jubilación Artículo 57. Planes de previsión asegurados Artículo 58. Plazo de presentación de las autoliquidaciones complementarias en la disposición de derechos consolidados de sistemas de previsión social Artículo 59. Tratamiento fiscal de los excesos de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social que no han sido objeto de reducción
TÍTULO V. DEDUCCIONES DE LA CUOTA
CAPÍTULO I. DEDUCCIÓN POR DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA
Artículo 60. Acreditación del grado de discapacidad o dependencia
CAPÍTULO II. DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL
Artículo 61. Concepto de vivienda habitual Artículo 62. Adquisición de vivienda habitual Artículo 63. Cuentas vivienda Artículo 64. Deducción por adquisición de vivienda habitual y exención por reinversión Artículo 65. Obligación de satisfacer cantidades destinadas a la vivienda familiar por decisión judicial
CAPÍTULO III. OTRAS DEDUCCIONES
Artículo 66. Deducción por inversiones y por otras actividades Artículo 66 bis. Deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas vinculadas con la economía plateada
TÍTULO VI. GESTIÓN DEL IMPUESTO
CAPÍTULO I. AUTOLIQUIDACIONES
Artículo 67. Obligación de autoliquidar Artículo 68. Exclusión de la obligación de autoliquidar Artículo 69. Supuestos especiales de la obligación de autoliquidar Artículo 70. Propuestas de autoliquidación Artículo 71. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria Artículo 72. Fraccionamiento de la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Artículo 73. Devoluciones de oficio Artículo 74. Rectificación del ejercicio de opciones
TÍTULO VII. PAGOS A CUENTA
CAPÍTULO I. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. NORMAS GENERALES
Artículo 75. Ámbito de aplicación Artículo 76. Obligación de practicar retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Artículo 77. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta Artículo 78. Excepciones a la obligación de practicar retención o ingreso a cuenta Artículo 79. Obligados a retener o ingresar a cuenta Artículo 80. Importe de la retención o ingreso a cuenta Artículo 81. Nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta Artículo 82. Imputación temporal de las retenciones o ingresos a cuenta
CAPÍTULO II. CÁLCULO DE LAS RETENCIONES
SECCIÓN Primera. Rendimientos del trabajo
Artículo 83. Importe de las retenciones sobre rendimientos del trabajo Artículo 84. Tabla de porcentajes de retención y reglas para su aplicación Artículo 85. Comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador Artículo 86. Procedimiento especial para determinar las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo en el supuesto de cambio de residencia
SECCIÓN Segunda. Rendimientos del capital mobiliario
Artículo 87. Importe de las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario Artículo 88. Concepto y clasificación de activos financieros Artículo 89. Requisitos fiscales para la transmisión, reembolso y amortización de activos financieros Artículo 90. Base de retención sobre los rendimientos del capital mobiliario Artículo 91. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario
SECCIÓN Tercera. Rendimientos de actividades económicas
Artículo 92. Importe de las retenciones sobre rendimientos de actividades económicas
SECCIÓN Cuarta. Ganancias patrimoniales
Artículo 93. Importe de las retenciones sobre ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva Artículo 94. Base de retención sobre las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva Artículo 95. Nacimiento de la obligación de retener Artículo 95 bis. Importe de las retenciones sobre ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de derechos de suscripción Artículo 96. Importe de las retenciones sobre los premios
SECCIÓN Quinta. Otras rentas
Artículo 97. Importe de las retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles Artículo 98. Importe de las retenciones sobre otras rentas
CAPÍTULO III. INGRESOS A CUENTA
Artículo 99. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del trabajo Artículo 100. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario Artículo 101. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie de actividades económicas Artículo 101 bis. Ingresos a cuenta sobre ganancias patrimoniales en especie derivadas de la transmisión de derechos de suscripción Artículo 102. Ingresos a cuenta sobre premios Artículo 103. Ingreso a cuenta sobre otras rentas
CAPÍTULO IV. OBLIGACIONES DEL RETENEDOR, DEL OBLIGADO A INGRESAR A CUENTA Y DEL RETENIDO
Artículo 104. Obligaciones formales del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta
CAPÍTULO V. PAGOS FRACCIONADOS
Artículo 105. Obligados al pago fraccionado Artículo 106. Importe de los pagos fraccionados Artículo 106 bis. Importe de los pagos fraccionados bimensuales Artículo 107. Declaración e ingreso Artículo 107 bis. Declaración e ingreso de los pagos fraccionados bimensuales Artículo 108. Entidades en régimen de atribución de rentas
TÍTULO VIII. OBLIGACIONES FORMALES, CONTABLES Y REGISTRALES
CAPÍTULO I. OBLIGACIONES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES
Artículo 109. Obligaciones formales en general
CAPÍTULO II. OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES
Artículo 110. Obligaciones de los contribuyentes que ejerzan actividades económicas Artículo 111. Obligaciones de los contribuyentes acogidos a la modalidad simplificada del método de estimación directa o cuya actividad económica no tenga carácter mercantil Artículo 112. Obligaciones de los contribuyentes que ejerzan actividades profesionales
CAPÍTULO III. NORMAS ESPECÍFICAS
Artículo 113. Entidades en régimen de atribución de rentas y herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso Artículo 114. Excepción a la obligación de llevar libros registro
CAPÍTULO IV. FORMA DE LLEVANZA DE LIBROS REGISTRO
Artículo 115. Llevanza con medios informáticos Artículo 116. Anotaciones en los libros Artículo 117. Plazo para las anotaciones registrales Artículo 118. Actividades independientes Artículo 119. Compatibilidad con otros libros
CAPÍTULO V. FORMA DE DILIGENCIADO DE LIBROS REGISTRO
Artículo 120. Cumplimiento del deber de diligenciado Artículo 121. Comunicación de datos Artículo 122. Lugar de comunicación de datos
CAPÍTULO VI. OTRAS OBLIGACIONES FORMALES DE INFORMACIÓN
Artículo 123. Otras obligaciones formales de información Artículo 124. Obligaciones de información de las entidades en régimen de atribución de rentas Artículo 125. Obligaciones de información de los contribuyentes que sean titulares de patrimonios protegidos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Parejas de hecho. D.A. 2ª. Participaciones en fondos de inversión cotizados y acciones de sociedades de inversión de capital variable índice cotizadas. D.A. 3ª. Movilización entre planes individuales de ahorro sistemático. D.A. 4ª. Renta del ahorro y rendimientos obtenidos por la cesión a entidades vinculadas de capitales propios. D.A. 5ª. Tipos de retención e ingresos a cuenta aplicables en 2015 sobre las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos en acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva y sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles. D.A. 6ª. Tipos de retención e ingreso a cuenta aplicables en 2015. D.A. 7ª. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales. D.A. 8ª. Régimen de las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso. D.A. 9ª. Movilización entre Planes de Ahorro a Largo Plazo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Ganancias patrimoniales derivadas de elementos adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 y que hubieran estado afectos a una actividad económica. D.T. 2ª. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en materia de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario y sobre ganancias patrimoniales. D.T. 3ª. Compensación fiscal aplicable a los contratos individuales de vida o invalidez. D.T. 4ª. Opción por la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a las actividades de transporte de mercancías por carretera.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Derogación. D.DT. 2ª. Vigencia de otras normas reglamentarias.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Entrada en vigor. D.F. 2ª. Remisiones normativas. D.F. 3ª. Desarrollo.