Legislación
Legislación

DECRETO 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2011040063) - Diario Oficial de Extremadura de 06-05-2011

Tiempo de lectura: 15 min

Tiempo de lectura: 15 min

Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Junio de 2015

Órgano emisor: CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MEDIO AMBIENTE

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 86

F. Publicación: 06/05/2011


Preambulo
Artículo único. Aprobación del Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación normativa. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación de anexos de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.
 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones. Artículo 4. Competencias.
 TÍTULO II. EVALUACIÓN AMBIENTAL DE PLANES Y PROGRAMAS.
CAPÍTULO I. PLANES Y PROGRAMAS OBJETO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL.
Artículo 5. Planes y programas sometidos a evaluación ambiental. Artículo 6. Modificación y revisión de planes y programas. Artículo 7. Otros planes y programas sometidos a evaluación ambiental.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE PLANES Y PROGRAMAS.
SECCIÓN I. PROCEDIMIENTO GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL.
Artículo 8. Evaluación ambiental. Artículo 9. Inicio del procedimiento. Artículo 10. Documento de referencia. Artículo 11. Informe de sostenibilidad ambiental. Artículo 12. Consultas. Artículo 13. Consultas transfronterizas. Artículo 14. Memoria ambiental. Artículo 15. Aprobación y publicidad de los planes y programas. Artículo 16. Seguimiento.
SECCIÓN II. DETERMINACIÓN DE LA NECESIDAD DE SOMETER UN PLAN O PROGRAMA A EVALUACIÓN AMBIENTAL.
Artículo 17. Determinación de la existencia de efectos significativos en el medio ambiente de determinados planes y programas. Artículo 18. Determinación de la necesidad de evaluación ambiental por la afección a Red Natura 2000.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.
Artículo 19. Evaluación ambiental de instrumentos de ordenación territorial y urbanística. Artículo 20. Directrices de Ordenación Territorial. Artículo 21. Planes Territoriales. Artículo 22. Planes Generales Municipales. Artículo 23. Planes Parciales de Ordenación. Artículo 24. Planes Especiales de Ordenación. Artículo 25. Determinación de la necesidad de someter un instrumento de ordenación territorial y urbanística a evaluación ambiental.
 TÍTULO III. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS.
CAPÍTULO I. PROYECTOS SUJETOS A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.
Artículo 26. Proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental. Artículo 27. Fraccionamiento y ampliaciones de proyectos o actividades.
CAPÍTULO II. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIA DE PROYECTOS DEL ANEXO II-A.
Artículo 28. Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria de proyectos del Anexo II-A. Artículo 29. Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. Artículo 30. Solicitud de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental. Artículo 31. Trámites de información pública y de consultas. Artículo 32. Evaluación de impacto ambiental con efectos transfronterizos. Artículo 33. Documentación complementaria. Artículo 34. Declaración de impacto ambiental. Artículo 35. Publicidad del proyecto autorizado.
CAPÍTULO III. DETERMINACIÓN DE LA NECESIDAD DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIA CASO POR CASO.
Artículo 36. Solicitud para la determinación de sometimiento o no a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Artículo 37. Procedimiento para la evaluación caso por caso. Artículo 38. Modificación de proyectos del Anexo II que puedan tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente. Artículo 39. Proyectos no incluidos en el Anexo II que puedan afectar directa o indirectamente de forma apreciable a espacios incluidos en la Red Natura 2000.
CAPÍTULO IV. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ABREVIADA.
Artículo 40. Procedimiento de evaluación de impacto ambiental abreviada. Artículo 41. Solicitud de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental abreviada. Artículo 42. Petición de informes. Artículo 43. Informe de impacto ambiental. Artículo 44. Modificación de proyectos del Anexo III.
CAPÍTULO V. DISPOSICIONES COMUNES.
Artículo 45. Efectos de la declaración y del informe de impacto ambiental. Artículo 46. Resolución de discrepancias. Artículo 47. Caducidad de la declaración o del informe de impacto ambiental.
CAPÍTULO VI. VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PROYECTOS SOMETIDOS A EVALUACIÓN AMBIENTAL.
Artículo 48. Vigilancia ambiental. Artículo 49. Inspección ambiental. Artículo 50. Informes periódicos. Artículo 51. Régimen sancionador. Artículo 52. Medidas provisionales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Concurrencia y jerarquía de planes y programas. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Informes preceptivos previstos en la legislación sectorial. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Infraestructuras de titularidad autonómica. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Cooperación entre comunidades autónomas. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Procedimiento abreviado de evaluación de impacto ambiental de proyectos de líneas eléctricas. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Confidencialidad en la evaluación de impacto ambiental sobre las informaciones aportadas por el titular del proyecto. DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Coste de las medidas y establecimiento de garantías para su ejecución. DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Realización de guías. DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Tramitación telemática.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Instrumentos de planeamiento territorial y urbanística sujetos a evaluación ambiental en tramitación a la entrada en vigor del presente reglamento. ANEXO I. PLANES Y PROGRAMAS SUJETOS A EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.
ANEXO II. PROYECTOS QUE DEBERÁN SOMETERSE A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIA.
ANEXO II-A. EN TODO CASO. ANEXO II-B. ESTUDIO CASO POR CASO. ANEXO III. PROYECTOS QUE DEBERÁN SOMETERSE A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ABREVIADA. ANEXO IV. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA POSIBLE SIGNIFICACIÓN DE LAS REPERCUSIONES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE DE LOS PLANES Y PROGRAMAS. ANEXO V. MAPA DE RIESGOS. ANEXO VI. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA POSIBLE SIGNIFICACIÓN DE LAS REPERCUSIONES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE DE LOS PROYECTOS.