Legislación
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DECRETO 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho a la vivienda. - Diario Oficial de Cataluña de 29-05-2014

Tiempo de lectura: 19 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Mayo de 2022

F. entrada en vigor: 18/06/2014

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 6633

F. Publicación: 29/05/2014


CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto e instrumentación del Plan Artículo 2. Programas del Plan y actuaciones susceptibles de ser protegidas Artículo 3. Ámbitos geográficos Artículo 4. Ingresos de las personas solicitantes Artículo 5. Las ayudas establecidas en el Plan Artículo 6. Reconocimiento de las ayudas establecidas en el Plan Artículo 7. Ayudas de planes estatales de vivienda
CAPÍTULO 2. Los programas sociales de vivienda
SECCIÓN 1. Disposiciones generales
Artículo 8. Los programas sociales de vivienda Artículo 9. Finalidades Artículo 10. Condiciones de las viviendas y de las personas o entidades destinatarias
SECCIÓN 2. Las ayudas para el pago de la vivienda
Artículo 11. Objeto y finalidad de las ayudas Artículo 12. Carácter de las prestaciones al alquiler Artículo 13. Personas beneficiarias Artículo 14. Cuantía de las ayudas
SECCIÓN 3. La mediación para el alquiler social
Artículo 15. Objeto Artículo 16. La Red de mediación para el alquiler social Artículo 17. Procedimiento de adjudicación de las viviendas del sistema de mediación para el alquiler social Artículo 18. Contraprestaciones para los propietarios de las viviendas Artículo 19. Renta máxima a percibir Artículo 20. Reserva para personas con ingresos inferiores a 2,35 veces el Indicador de la Renta de Suficiencia de Cataluña
SECCIÓN 3 BIS. La cesión de viviendas a la Administración
Artículo 21. La cesión de viviendas a la Administración pública para destinarlas a alquiler social
SECCIÓN 4. Las viviendas de inserción
Artículo 22. Destino Artículo 23. La Red de viviendas de inserción Artículo 24. Condiciones de las viviendas de inserción Artículo 25. Ayudas a las entidades gestoras de viviendas de inserción
SECCIÓN 5. Actuaciones sociales en áreas de riesgo de exclusión residencial o con degradación urbana
Artículo 26. Definición y objeto de las actuaciones
CAPÍTULO 3. Programa de fomento de la rehabilitación
SECCIÓN 1. Disposiciones generales
Artículo 27. El programa de fomento de la rehabilitación Artículo 28. Actuaciones Artículo 29. Modalidades de ayudas del programa de fomento de la rehabilitación Artículo 30. Condiciones para acceder a las ayudas del programa de fomento de la rehabilitación Artículo 31. Criterios de legalidad y coherencia técnica Artículo 32. Requisitos temporales Artículo 33. Garantías y límites Artículo 34. Régimen de compatibilidades de las ayudas a la rehabilitación
SECCIÓN 2. Medidas de fomento a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas
Artículo 35. Objeto Artículo 36. Actuaciones de carácter prioritario y actuaciones que se consideran excluidas Artículo 37. Cuantía y limitaciones de las subvenciones
SECCIÓN 3. Medidas de fomento a la rehabilitación en las áreas de rehabilitación
Artículo 38. Objeto Artículo 39. Áreas de conservación y rehabilitación Artículo 40. Programas específicos de fomento de la rehabilitación
CAPÍTULO 4. Programa de viviendas con protección oficial
SECCIÓN 1. Las viviendas con protección oficial
Artículo 41. Viviendas con protección oficial Artículo 42. Ayudas públicas del programa Artículo 43. Modalidades de calificación de las viviendas con protección oficial Artículo 44. Características de las viviendas con protección oficial
SECCIÓN 2. Procedimiento de calificación, plazo, precios y rentas de las viviendas con protección oficial
Artículo 45. La calificación provisional Artículo 46. La calificación definitiva Artículo 47. Plazo de vigencia de la calificación de las viviendas con protección oficial Artículo 48. Precio de venta del suelo destinado a la construcción de viviendas con protección oficial Artículo 49. Renta máxima de las viviendas con protección oficial destinadas a alquiler Artículo 50. Precios máximos de venta de las viviendas con protección oficial Artículo 51. Renta máxima y precio máximo de venta de las viviendas con protección oficial destinadas a alquiler con opción de compra Artículo 52. Precio máximo de venta en segundas o sucesivas transmisiones de viviendas con protección oficial
SECCIÓN 3. Régimen jurídico y condiciones de transmisión de las viviendas con protección oficial
Artículo 53. Formas de transmisión y cesión de uso de las viviendas con protección oficial Artículo 54. El sistema de tenencias intermedias para el acceso a la vivienda con protección oficial Artículo 55. Condiciones para acceder a las viviendas con protección oficial Artículo 56. Destino y ocupación de las viviendas con protección oficial Artículo 57. El visado de los contratos
SECCIÓN 4. Alojamientos colectivos protegidos
Artículo 58. Definición y características de los alojamientos colectivos protegidos Artículo 59. Ayudas a la promoción de alojamientos colectivos protegidos
CAPÍTULO 5. Otras medidas conexas y complementarias
SECCIÓN 1. La colaboración de las oficinas locales de vivienda y de las bolsas de mediación para el alquiler social
Artículo 60. Las oficinas locales de vivienda y las bolsas de mediación para el alquiler social Artículo 61. Condiciones de una oficina local de vivienda o una bolsa de mediación para el alquiler social Artículo 62. Modalidades de convenios Artículo 63. Formalización y ejecución de los convenios Artículo 64. Financiación de los convenios de las oficinas locales de vivienda y de las bolsas de mediación Artículo 65. Control y seguimiento de los convenios con las oficinas locales de vivienda y con las bolsas de mediación para el alquiler social
SECCIÓN 2. Régimen de coberturas de cobro de las rentas arrendaticias de los contratos de alquiler de viviendas
Artículo 66. Objeto Artículo 67. Características del régimen de coberturas Artículo 68. Requisitos Artículo 69. Acceso al Avalloguer Artículo 70. Procedimiento para obtener la compensación a que da derecho el Avalloguer Artículo 71. Reintegro
SECCIÓN 3. Servicio de asesoramiento sobre la deuda hipotecaria
Artículo 72. Servicio de asesoramiento sobre la deuda hipotecaria
SECCIÓN 4. Mesas de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales
Artículo 73. Mesas de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales Artículo 74. La Mesa de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales de Cataluña Artículo 75. Consideración de situaciones de emergencia económica y social
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Organismo gestor del Avalloguer D.A. 2ª. Bases y convocatorias D.A. 3ª. Limitación presupuestaria D.A. 4ª. Consorcios de vivienda D.A. 5ª. Precio máximo de las viviendas de protección oficial de promoción pública D.A. 6ª. Zonas de escasa demanda
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Viviendas de compraventa pendientes de transmisión D.T. 2ª. Viviendas con protección oficial destinadas a alquiler D.T. 3ª. Solicitudes de calificación provisional pendientes de resolver D.T. 4ª. Normativa de aplicación a promociones calificadas provisionalmente al amparo del Decreto 13/2010, de 2 de febrero D.T. 5ª. Precio del suelo destinado a vivienda protegida D.T. 6ª. Zonas geográficas D.T. 7ª. Precios y rentas máximas de las viviendas con protección oficial D.T. 8ª. Rentas mensuales pactadas para los contratos con garantía Avalloguer D.T. 9ª. Cuantías máximas de las prestaciones al alquiler
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. D.F. 3ª. D.F. 4ª. Anexo. Áreas de demanda residencial fuerte y acreditada