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DECRETO LEGISLATIVO 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 30-12-2006

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 31/12/2006

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 149

F. Publicación: 30/12/2006


Artículo único. Aprobación del Texto Refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Entrada en vigor.
ANEXO. Texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza y fines de las comarcas. Artículo 2. Objeto de esta ley. Artículo 3. Potestades de las comarcas. Artículo 4. Territorio. Artículo 5. Denominación, capitalidad y sedes de los servicios.
TÍTULO II. Creación de las comarcas
Artículo 6. Creación por ley. Artículo 7. Iniciativa de creación. Artículo 8. Resolución sobre la iniciativa comarcal.
TÍTULO III. Competencias de las comarcas
CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 9. Competencias propias. Artículo 10. Competencias delegadas y encomienda de funciones. Artículo 11. Planes y programas de ordenación del territorio y zonas de montaña. Artículo 12. Cooperación y asistencia a municipios. Artículo 13. Gestión por la comarca de servicios autonómicos. Artículo 14. Gestión por los municipios de servicios comarcales. Artículo 15. Derecho de participación de la comarca.
CAPÍTULO II. Contenido de las competencias de las comarcas
Artículo 16. Ordenación del territorio y urbanismo. Artículo 17. Acción social. Artículo 18. Cultura. Artículo 19. Patrimonio cultural y tradiciones populares. Artículo 20. Artesanía. Artículo 21. Deporte. Artículo 22. Juventud. Artículo 23. Promoción del turismo. Artículo 24. Agricultura, ganadería y montes. Artículo 25. Sanidad y Salubridad pública. Artículo 26. Enseñanza. Artículo 27. Protección del medio ambiente. Artículo 28. Servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos. Artículo 29. Ferias y mercados comarcales. Artículo 30. Protección de los consumidores y usuarios. Artículo 31. Protección civil y prevención y extinción de incendios. Artículo 32. Energía, promoción y gestión industrial. Artículo 33. Transportes.
CAPÍTULO III. Otros principios relativos a las competencias de las comarcas
Artículo 34. Gestión de subvenciones y ayudas. Artículo 35. Gestión de otros procedimientos administrativos. Artículo 36. Principios sobre el ejercicio de la potestad sancionadora.
CAPÍTULO IV. Competencias de las comarcas y su relación con las mancomunidades municipales existentes
Artículo 37. Mancomunidades municipales existentes en la comarca. Artículo 38. Mancomunidades municipales cuyo ámbito territorial no coincida con la delimitación comarcal.
TÍTULO IV. Reglas para la transferencia de las funciones y servicios vinculados a las competencias
CAPÍTULO I. Comisión mixta de transferencias
Artículo 39. Creación, naturaleza y funciones. Artículo 40. Composición. Artículo 41. Funcionamiento.
CAPÍTULO II. Decretos de transferencia de funciones y servicios
Artículo 42. Elaboración y Contenido de los decretos de transferencia de funciones y servicios. Artículo 43. Ritmos de transferencia.
TÍTULO V. Organización de las comarcas
Artículo 44. Órganos de la comarca. Artículo 45. El Consejo comarcal. Artículo 46. Elección del Consejo comarcal. Artículo 47. Constitución del Consejo comarcal. Artículo 48. Elección del Presidente. Artículo 49. Inelegibilidades, incompatibilidades y recursos. Artículo 50. Duración del mandato de los miembros del Consejo. Artículo 51. Atribuciones de los órganos comarcales y régimen de funcionamiento. Artículo 52. Sesiones del Consejo comarcal. Artículo 53. Consulta a los ayuntamientos. Artículo 54. Participación ciudadana.
TÍTULO VI. Personal al servicio de las comarcas
Artículo 55. Régimen del personal al servicio de la Comarca. Artículo 56. Oferta de empleo público y selección de personal. Artículo 57. Relaciones de puestos de trabajo y movilidad del personal. Artículo 58. Situación de servicio en otras Administraciones Públicas.
TÍTULO VII. Financiación de las comarcas
CAPÍTULO I. Hacienda de las comarcas
Artículo 59. Ingresos de la comarca.
CAPÍTULO II. Financiación de las comarcas a cargo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma
Artículo 60. Transferencias de la Comunidad Autónoma en favor de las comarcas. Principios generales. Artículo 61. Sección presupuestaria propia y su gestión. Artículo 62. Fondo de Cohesión Comarcal Artículo 63. Fondo para Gastos de Personal. Artículo 64. Programa de Política Territorial. Artículo 65. Valoración del coste del traspaso de funciones y servicios. Artículo 66. Fórmula de reparto comarcal. Artículo 67. Transferencias a las comarcas. Artículo 68. Territorialización de inversiones e Informe anual a las Cortes de Aragón.
CAPÍTULO III. Otras posibles formas complementarias de financiación
Artículo 69. Aportaciones de las provincias a la financiación de las comarcas. Artículo 70. Aportaciones de los municipios.
TÍTULO VIII. Consejo de Cooperación Comarcal
Artículo 71. Naturaleza y composición. Artículo 72. Organización y funciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Ejercicio efectivo de las competencias. D.A. 2ª. Mancomunidades de interés comarcal. D.A. 3ª. Consejos consultivos comarcales. D.A. 4ª. Sociedades y consorcios de interés comarcal. D.A. 5ª. Medidas de fomento de la comarcalización. D.A. 6ª. Utilización de instalaciones municipales por la comarca. D.A. 7ª. Bienes adquiridos con cargo al Programa Territorial. D.A. 8ª. Competencias de las diputaciones provinciales. D.A. 9ª. Encomienda de gestión. D.A. 10ª. Régimen económico especial de la Comarca de Zaragoza. D.A. 11ª. Asesoramiento técnico a las Administraciones comarcales. D.A. 12ª. Adecuación de la legislación sectorial. D.A. 13ª. Gestión comarcal de las subvenciones específicas. D.A. 14ª. Dotación mínima a transferir. D.A. 15ª. Tramitación de expedientes y efectividad de traspasos. D.A. 16ª. Zaragoza y su área metropolitana. D.A. 17ª. Unificación de divisiones comarcales. D.A. 18ª. Organización administrativa. D.A. 19ª. Referencias normativas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Desarrollo reglamentario. ANEXO