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Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado. - Boletín Oficial de Cantabria de 02-07-2008

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 03/07/2008

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 128

F. Publicación: 02/07/2008


Artículo Único. Aprobación del texto refundido de la Ley de medidas fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Remisiones normativas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Entrada en vigor.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE MEDIDAS FISCALES EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS POR EL ESTADO
TÍTULO I. Disposiciones específicas aplicables a los tributos cedidos
CAPÍTULO I. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Artículo 2. Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
CAPÍTULO II. Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 3. Mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio.
Artículo 4. Tipo de gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio. Artículo 4 bis. Bonificación general.
CAPÍTULO III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Artículo 5. Reducciones de la base imponible.
Artículo 6. Tipo de gravamen.
Artículo 7. Cuantías y coeficientes del patrimonio preexistente.
Artículo 8. Bonificaciones autonómicas.
CAPÍTULO IV. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Artículo 9. Tipos de gravamen aplicables en las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes inmuebles.
Artículo 10. Tipos de gravamen aplicables a las concesiones administrativas.
Artículo 11. Tipos de gravamen aplicables a la transmisión onerosa de bienes muebles. Artículo 12. Tipo impositivo aplicable a las transmisiones onerosas de determinadas explotaciones agrarias a las que sea aplicable el régimen de incentivos fiscales previsto en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
Artículo 13. Actos jurídicos documentados. Tipos de gravamen.
Artículo 14. Requisitos.
Artículo 15. Bonificación de la cuota en caso de arrendamientos destinados a vivienda.
CAPÍTULO V. Juegos de suerte, envite o azar
Artículo 16. Regulación de los tipos de gravamen tributarios y cuotas fijas de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar.
CAPÍTULO VI. Tasas sobre Apuestas y Combinaciones Aleatorias
Artículo 17. Regulación de los tipos de gravamen de las tasas fiscales sobre Apuestas y Combinaciones Aleatorias y bonificación de la cuota en Rifas y Tómbolas.
CAPÍTULO VII. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
Artículo 18. Tipos de gravamen aplicables a los medios de transporte incluidos en los epígrafes del apartado 1 del artículo 70 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
TÍTULO II. Disposiciones comunes para la aplicación de los tributos cedidos
CAPÍTULO I. Normas de gestión
Artículo 19. Justificación de venta de vehículo.
Artículo 20. Normas de gestión para Notarios y Registradores de la Propiedad.
Artículo 21. Acuerdos de valoración previa vinculante.
CAPÍTULO II. Tasación pericial contradictoria
Artículo 22. Tramitación. Artículo 23. Efectos de la inactividad y renuncia.
Artículo 24. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1.ª Conceptos generales y acreditación. D.A. 2.ª Equiparación fiscal y tributaria. D.A. 3.ª Bonificación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.