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Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 16-06-2020

Tiempo de lectura: 18 min

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Ambito: Baleares

Estado: DEROGADO. Desde 13 de Julio de 2022 por Decreto ley 7/2022 de 11 de julio, de Prestaciones sociales de caracter economico de las Illes Balears

F. entrada en vigor: 17/06/2020

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 109

F. Publicación: 16/06/2020


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Naturaleza de las prestaciones y ámbito de aplicación Artículo 3. Financiación Artículo 4. Personas beneficiarias Artículo 5. Carácter de las prestaciones Artículo 6. Periodicidad de las prestaciones Artículo 7. Abono de las prestaciones Artículo 8. Reintegro de las prestaciones Artículo 9. Régimen de compatibilidad Artículo 10. Cesión de datos Artículo 11. Situación de necesidad Artículo 12. Necesidades básicas Artículo 13. Infracciones Artículo 14. Procedimiento sancionador
TÍTULO II. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE DERECHO SUBJETIVO
CAPÍTULO I. Renta social garantida
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales y acceso a la prestación
Artículo 15. Objeto Artículo 16. Definición y naturaleza de la renta social garantizada Artículo 17. Situación de vulnerabilidad económica Artículo 18. Definición de las personas destinatarias Artículo 19. Unidad de convivencia Artículo 20. Requisitos Artículo 21. Consentimiento de las personas destinatarias y acreditación de requisitos Artículo 22. Obligaciones de las personas destinatarias
SECCIÓN 2.ª Régimen económico y tramitación
Artículo 23. Importe de la renta social garantizada Artículo 24. Capacidad económica Artículo 25. Duración de la prestación económica Artículo 26. Órgano competente en la gestión de la renta Artículo 27. Inicio del procedimiento y presentación de solicitudes Artículo 28. Revisión y enmienda de la solicitud Artículo 29. Comprobación de los requisitos Artículo 30. Resolución del procedimiento Artículo 31. Pago de la prestación económica Artículo 32. Revisión del cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones Artículo 33. Modificación de la prestación económica Artículo 34. Suspensión de la prestación económica Artículo 35. Extinción de la renta social Artículo 36. Reintegro de la prestación Artículo 37. La Comisión Técnica de la renta social garantizada
SECCIÓN 3.ª Régimen sancionador
Artículo 38. Infracciones leves Artículo 39. Infracciones graves Artículo 40. Infracciones muy graves Artículo 41. Sanciones Artículo 42. Órganos competentes en el procedimiento sancionador
CAPÍTULO II. Complemento de Rentas de las Illes Balears a las Pensiones no contributivas (PNC)
Artículo 43. Objeto Artículo 44. Naturaleza Artículo 45. Destinatarios de la prestación Artículo 46. Requisitos Artículo 47. Importe y cálculo del importe de la prestación económica Artículo 48. Órgano competente por la gestión Artículo 49. Solicitudes Artículo 50. Modificación, suspensión y extinción
CAPÍTULO III. Renta de emancipación de jóvenes que han sido sometidos a medidas administrativas de tutela o guarda de protección de menores
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 51. Objeto Artículo 52. Naturaleza Artículo 53. Régimen de compatibilidad e incompatibilidad
SECCIÓN 2.ª Acceso a la prestación
Artículo 54. Personas destinatarias Artículo 55. Requisitos de las personas beneficiarias Artículo 56. Valoración de la situación de necesidad Artículo 57. Obligaciones de las personas beneficiarias
SECCIÓN 3.ª Régimen económico y tramitación
Artículo 58. Cuantía de la prestación Artículo 59. Duración de la prestación Artículo 60. Presentación de solicitudes Artículo 61. Gestión de las prestaciones Artículo 62. Resolución Artículo 63. Abono Artículo 64. Suspensión o extinción Artículo 65. Causas de suspensión y extinción
SECCIÓN 4.ª Proyecto educativo individual
Artículo 66. Proyecto educativo individual (PEI) Artículo 67. Seguimiento de los Proyectos Educativos Individuales
SECCIÓN 5.ª Régimen sancionador
Artículo 68. Infracciones leves Artículo 69. Infracciones graves Artículo 70. Infracciones muy graves Artículo 71. Sanciones
TÍTULO III. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE DERECHO DE CONCURRENCIA
Artículo 72. Concurrencia pública Artículo 73. Convocatoria de las prestaciones Artículo 74. Duración de las prestaciones Artículo 75. Créditos presupuestarios y prórrogas Artículo 76. Publicidad
TÍTULO IV. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE URGENCIA SOCIAL
Artículo 77. Prestaciones de urgencia social Artículo 78. Objeto Artículo 79. Concepto, naturaleza y tipo de ayudas de urgencia social Artículo 80. Objeto de la prestación Artículo 81. Órgano instructor de las ayudas de urgencia social Artículo 82. Personas beneficiarias y requisitos Artículo 83. Obligaciones de las personas beneficiarias Artículo 84. Procedimiento de las ayudas de urgencia social Artículo 85. Pago de las ayudas de urgencia social Artículo 86. Régimen de compatibilidad Artículo 87. Desarrollo reglamentario
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Información a las personas beneficiarias D.A. 2ª. Fichero de prestaciones sociales de carácter económico D.A. 3ª. Ampliación de referencias al Ingreso mínimo vital D.A. 4ª. Comisión interdepartamental de estudio de los complementos de rentas diferente a la de pensions no contributives D.A. 5ª. Comisión de evaluación de prestaciones de la renta social garantizada
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Mantenimiento de la renta mínima de inserción D.T. 2ª. Mantenimiento de la renta social garantida, regulada en la Ley 5/2016, de 13 de abril D.T. 3ª. Transición a las nuevas prestaciones D.T. 4ª. Régimen excepcional para el año 2021
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Inclusión de las prestaciones sociales de carácter económico en la Cartera Básica de Servicios Sociales de las Illes Balears 2017-2020 D.F. 2ª. Modificación del Decreto 40/2017, de 25 de agosto, sobre los criterios de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han sido sometidos a medidas de justicia juvenil D.F. 3ª. Entrada en vigor ANEXO