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Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación de la actividad económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia la 'Nueva Normalidad'. - Diario Oficial de Extremadura de 20-06-2020

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Noviembre de 2022

F. entrada en vigor: 20/06/2020

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 202004

F. Publicación: 20/06/2020


CAPÍTULO I. Medidas de impulso para facilitar la actividad empresarial
Artículo 1. Proyectos empresariales de interés autonómico. Artículo 2. Efectos de la calificación como proyecto empresarial de interés autonómico. Artículo 3. Revocación de la calificación de proyecto empresarial de interés autonómico. Artículo 4. Unidad de proyectos empresariales de interés autonómico. Artículo 5. Comité de seguimiento de inversiones. Artículo 6. Subvenciones a efectos de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura a proyectos empresariales de interés autonómico.
CAPÍTULO II. Liberalización transitoria de apertura de establecimientos comerciales
Artículo 7. Flexibilización de apertura de establecimientos comerciales.
CAPÍTULO III. Medias en materia de denominaciones de origen, agraria y de espectáculos públicos
Artículo 8. Modificación de la de Ley 4/2010, de 28 de abril, de Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura. Artículo 9. Modificación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. Artículo 10. Modificación de la Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CAPÍTULO IV. Medidas en materia de transporte
Artículo 11. Servicios de transporte de viajeros por carretera a la demanda. Artículo 12. Modificación del Decreto 277/2015, de 11 de septiembre, por el que se regulan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los servicios de transporte público interurbano en automóviles de turismo, y se fijan determinadas obligaciones relacionadas con los servicios de transporte público interurbano en autobús.
CAPÍTULO V. Medias en materia de oficinas de atención ciudadana y registro
Artículo 13. Modificación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Artículo 14. Transformación de las oficinas que prestan presencialmente servicios de información sobre procedimientos y servicios administrativos y de las oficinas de registro en oficinas de asistencia a la ciudadanía.
CAPÍTULO VI. Medidas en materia de contratación
Artículo 15. Modificación de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de Contratación Pública Socialmente Responsable de Extremadura.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Órganos competentes para la adopción de medidas en materia de salud pública en la situación de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. D.A. 2ª. Medida especial de intervención sanitaria en centros residenciales para personas mayores. D.A. 3ª. Régimen sancionador por incumplimiento de las medidas preventivas adoptadas en relación con la crisis sanitaria ocasionada con el COVID-19.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitaciones. D.F. 2ª. No congelación de rango. D.F. 3ª. Entrada en vigor.