Legislación
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DECRETO-LEY 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica. - Boletín Oficial de Castilla y León de 24-06-2022

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Castilla y León

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Octubre de 2022

F. entrada en vigor: 25/06/2022

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 121

F. Publicación: 24/06/2022


CAPÍTULO I. MEDIDAS EN MATERIA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO
SECCIÓN 1ª. MEDIDAS EN MATERIA DE HACIENDA
Artículo 1. Modificación de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. Artículo 2. Modificación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. Artículo 3. Modificación de la Ley 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
SECCIÓN 2ª. MEDIDAS EN MATERIA DE SECTOR PÚBLICO
Artículo 4. Modificación de la Ley 7/1996, de 3 de diciembre, de creación del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León. Artículo 5. Modificación del Decreto 30/1997, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León. Artículo 6. Modificación de la Ley 12/2006, de 26 de octubre, de creación de la empresa pública «Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León». Artículo 7. Modificación de la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León.
CAPÍTULO II. MEDIDAS EN MATERIA DE COMERCIO
Artículo 8. Modificación de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.
CAPÍTULO III. MEDIDAS EN MATERIA DE VIVIENDA Y URBANISMO
Artículo 9. Modificación de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Artículo 10. Modificación de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León. Artículo 11. Modificación de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo.
CAPÍTULO IV. MEDIDAS EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL
Artículo 12. Modificación del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. Artículo 13. Criterios para la autorización de proyectos de energías renovables. Artículo 14. Informe de afección ambiental para proyectos de energías renovables. Artículo 15. Procedimiento simplificado de determinación de la afección ambiental para proyectos de energías renovables. Artículo 16. Procedimientos simplificados de autorización de proyectos de energías renovables.
CAPÍTULO V. MEDIDAS EN MATERIA DE PATRIMONIO NATURAL Y POLÍTICA FORESTAL
Artículo 17. Modificación de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León. Artículo 18. Modificación de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León. Artículo 19. Modificación de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y de gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León.
CAPÍTULO VI. MEDIDAS EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
Artículo 20. Modificación del Decreto 12/2013, de 21 de marzo, por el que se regula la prestación económica destinada a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 21. Modificación de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Proyectos de energía renovable con procedimiento de autorización iniciado. D.T. 2ª. Vigencia de la Ley 6/2005, de 26 de mayo, y de la Ley 2/2008, de 17 de junio.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Autorización de determinados centros de tratamiento de residuos. D.F. 2ª. Cláusula de salvaguardia del rango de normas reglamentarias. D.F. 3ª. Habilitación normativa. D.F. 4ª. Entrada en vigor.