Legislación
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Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19). - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 17-03-2020

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Marzo de 2022

F. entrada en vigor: 17/03/2020

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACION PUBLICA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 52

F. Publicación: 17/03/2020


CAPÍTULO I. Apoyo a la financiación de PYMES y de autónomos y autónomas andaluces
Artículo 1. Subvención a Garántia S.G.R. Artículo 2. Línea de garantías de créditos concedidos por entidades financieras para circulante en favor de las pequeñas y medianas empresas y autónomos y autónomas andaluces.
CAPÍTULO II. Medidas tributarias
Artículo 3. Bonificación de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar. Artículo 4. Plazos de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Artículo 5. Prórroga de los plazos de presentación de autoliquidaciones y de ingreso de deudas de Derecho público. Artículo 6. Modificación del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio. Artículo 7. Modificación de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 23 de marzo de 2007, por la que se regula la remisión por los notarios a la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, de la copia simple electrónica de las escrituras y demás documentos públicos, a efectos de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Artículo 8. Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
CAPÍTULO III. Medidas de agilización administrativa en actuaciones de contratación y presupuesto
Artículo 9. Contratación de emergencia. Artículo 10. Mesas de contratación por medios electrónicos. Artículo 11. Medidas para el mantenimiento del empleo. Artículo 12. Habilitación para la adopción de medidas necesarias de carácter presupuestario.
CAPÍTULO IV. Medidas de agilización en materia de personal de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades del sector público
Artículo 13. Medidas para la gestión eficaz en materia de personal de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades de su sector público.
CAPÍTULO V. Medidas de emergencia social
SECCIÓN 1.ª Medidas de actuación coordinadas para la atención de las emergencias sociales
Artículo 14. Creación. Artículo 15. Situaciones de emergencia social. Artículo 16. Personas destinatarias. Artículo 17. Recursos. Artículo 18. Competencias.
SECCIÓN 2.ª Procedimiento para determinar el acceso a situación de emergencia social
Artículo 19. Procedimiento. Artículo 20. Propuesta de resolución. Artículo 21. Resolución. Artículo 22. Plazos. Artículo 23. Prioridad en la adjudicación de recursos. Artículo 24. Incorporación al recurso.
SECCIÓN 3.ª Comisión para la coordinación de las actuaciones de emergencia social y Comisión de emergencia social de ámbito provincial
Artículo 25. Constitución y composición. Artículo 26. Funcionamiento de las Comisiones. Artículo 27. Funciones.
SECCIÓN 4.ª Sistema de financiación
Artículo 28. Sistema de financiación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Rendición de cuentas al Consejo de Gobierno en tramitación de contratación de emergencia. D.A. 2ª. Medidas de apoyo para facilitar el teletrabajo en las PYMES. D.A. 3ª. Habilitación de créditos presupuestarios. D.A. 4ª. Simplificación de trámites en materia de personal. D.A. 5ª. Ampliación de los plazos de justificación de las subvenciones concedidas a las empresas beneficiarias al amparo de la Orden de 5 de junio de 2017, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital de las empresas y la creación de empleo en Andalucía durante el período 2017-2020; así como de la Orden de 5 de junio de 2017, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción de la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación empresarial en Andalucía.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Contratación de emergencia.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 2ª. Modificación de normas reglamentarias. D.F. 3ª. Entrada en vigor y vigencia. ANEXO I ANEXO II ANEXO III