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DECRETO LEY 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto. [2020/4383] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 11-06-2020

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 12/06/2020

Órgano emisor: VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMATICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8832

F. Publicación: 11/06/2020


TÍTULO I. Los derechos de adquisición preferente de las administraciones públicas
CAPÍTULO I. Ejercicio de los derechos de adquisición preferente de las administraciones públicas
Artículo 1. Los derechos de adquisición preferente de la administración sobre viviendas de protección pública. Artículo 2. Procedimiento para el ejercicio del tanteo. Artículo 3. Procedimiento para el ejercicio de retracto. Artículo 4. Precio de adquisición. Artículo 5. Calificación permanente de las viviendas adquiridas en el ejercicio de los derechos de adquisición preferente. Artículo 6. Especiales deberes de colaboración de organismos y funcionarias y funcionarios públicos.
CAPÍTULO II. Del ejercicio de los derechos de adquisición preferente a favor de tercera persona y su cesión
Artículo 7. Ejercicio de los derechos de adquisición preferente a favor de tercera persona. Artículo 8. Cesión de los derechos de adquisición preferente a los municipios. Artículo 9. Colaboración con los entes locales en la gestión del parque público de vivienda que se adquiera en el ejercicio de los derechos de adquisición preferente.
TÍTULO II. Los derechos de adquisición preferente en transmisiones singulares
CAPÍTULO I. Ejercicio de los derechos de adquisición preferente en transmisiones singulares
Artículo 10. Titularidad, competencia y transmisiones de viviendas sujetas a los derechos de adquisición preferente Artículo 11. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de tanteo en transmisiones singulares. Artículo 12. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de retracto en transmisiones singulares.
CAPÍTULO II. Municipios sujetos a los derechos de adquisición preferente en transmisiones singulares
Artículo 13. Municipios sujetos a los derechos de adquisición preferente. Artículo 14. Actualización y publicidad de las áreas de necesidad de vivienda. Artículo 15. Comunicación de las áreas de necesidad de vivienda.
CAPÍTULO III. Adjudicación de viviendas adquiridas mediante el ejercicio de los derechos de adquisición preferente en transmisiones singulares
Artículo 16. Destino y adjudicación de las viviendas adquiridas. Artículo 17. Calificación permanente de las viviendas adquiridas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la vivienda de la Comunitat Valenciana. D.A. 2ª. Modificación de la Ley 2/2017, de 3 de febrero, por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana. D.A. 3ª. Servicio electrónico para adquisiciones preferentes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aplicación del ejercicio de los derechos de adquisición preferente en transmisiones singulares. D.T. 2ª. Régimen transitorio de los derechos de adquisición preferente regulados en este decreto ley. D.T. 3ª. Notificaciones y comunicaciones de organismos y funcionarias y funcionarios públicos. D.T. 4ª. Municipios incluidos en las áreas de necesidad de vivienda.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Anexo de la Resolución de 15 de abril de 2019, de la Presidencia de la Generalitat, sobre la asignación de la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana correspondiente a cada entidad beneficiaria para el ejercicio presupuestario 2019 ANEXO II. Informe de necesidad de vivienda en la Comunitat Valenciana de 2020 realizado por el Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana