Legislación

Decreto n.º 13/2026, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación de la Formación Profesional de Grado D y de Grado E en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 13 de Marzo de 2026

F. entrada en vigor: 13/03/2026

Órgano emisor: Consejo de Gobierno

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 59

F. Publicación: 12/03/2026

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preámbulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Finalidades del Sistema de Formación Profesional. Artículo 3. Función y objetivos del Sistema de Formación Profesional.
CAPÍTULO II. Ordenación de la Formación Profesional de los Grados D y E
Artículo 4. Ordenación de la oferta de Grado D y del Grado E. Artículo 5. Establecimiento de los currículos de los Grados D y E. Artículo 6. Aspectos generales del currículo de los Grados D y E. Artículo 7. Adaptación al entorno socio-productivo. Artículo 8. Adaptación al entorno educativo. Artículo 9. Oferta de Grado D. Artículo 10. Oferta de Grado D. Artículo 11. Optatividad del currículo de los ciclos formativos de grado medio y grado superior. Artículo 12. Oferta de Grado E. Artículo 13. Proyecto intermodular. Artículo 14. Dobles titulaciones.
CAPÍTULO III. Acceso, admisión y matrícula
SECCIÓN 1.ª Acceso
Artículo 15. Acceso a las enseñanzas de Grado D. Artículo 16. Acceso a las enseñanzas de Grado D. Artículo 17. Acceso a las enseñanzas de Grado E. Artículo 18. Acceso a las enseñanzas en modalidad virtual y semipresencial. Artículo 19. Acceso a las enseñanzas en oferta modular.
SECCIÓN 2.ª Admisión
Artículo 20. Admisión a las enseñanzas de Formación Profesional en centros sostenidos con fondos públicos. Artículo 21. Criterios de admisión a los Grados D y E en centros sostenidos con fondos públicos en régimen ordinario. Artículo 23. Admisión en oferta modular.
SECCIÓN 3.ª Matrícula
Artículo 24. Matrícula en los Grados D y E. Artículo 25. Anulación de matrícula a petición de la persona interesada. Artículo 26. Anulación de matrícula por inasistencia o inactividad. Artículo 27. Procedimiento de anulación de matrícula por inasistencia o inactividad. Artículo 28. Efectos de la anulación de matrícula.
CAPÍTULO IV. Modalidades y ofertas específicas
SECCIÓN 1.ª Modalidades
Artículo 29. Modalidades de impartición. Artículo 30. Modalidad presencial. Artículo 31. Modalidades semipresencial y virtual. Artículo 32. Organización de las modalidades semipresencial y virtual. Artículo 33. Atención tutorial en las modalidades semipresencial y virtual. Artículo 34. Modalidad de oferta modular.
SECCIÓN 2.ª Ofertas específicas.
Artículo 35. Oferta específica de Grado D: Ciclos formativos de grado básico para personas adultas. Artículo 36. Ofertas dirigidas a colectivos específicos. Artículo 37. Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales. Artículo 38. Objetivos de Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales. Artículo 39. Principios básicos de la Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales. Artículo 40. Estructura de la Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales. Artículo 41. Duración de la Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales. Artículo 42. Autorización para impartir la Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales. Artículo 43. Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral.
CAPÍTULO V. La fase de formación en empresa u organismo equiparado
Artículo 44. Fase de formación en empresa u organismo equiparado. Artículo 45. Aspectos generales de la Formación Profesional en régimen general. Artículo 46. Aspectos generales de la Formación Profesional en régimen intensivo. Artículo 47. Fase de formación en empresa u organismo equiparado en los Grados E. Artículo 48. Acceso a la formación en empresa u organismo equiparado en modalidad presencial. Artículo 49. Acceso a la Formación en empresa u organismo equiparado en la modalidad virtual. Artículo 50. Asignación de puestos formativos. Artículo 51. Modelos de organización de la formación en empresa u organismo equiparado. Artículo 52. Plan de formación. Artículo 53. Convenios de colaboración para la formación en empresa u organismo equiparado.
CAPÍTULO VI. Evaluación
Artículo 54. Aspectos generales de la evaluación. Artículo 55. Referentes de la evaluación. Artículo 56. Sesiones de evaluación. Artículo 57. Convocatorias en Grados D y E. Artículo 58. Convocatorias de evaluación final. Artículo 59. Permanencia en las enseñanzas. Artículo 60. Renuncia a la convocatoria de evaluación. Artículo 61. Calificaciones. Artículo 62. Reconocimiento académico. Artículo 63. Promoción en el Grado D. Artículo 64. Titulación. Artículo 65. Certificaciones académicas. Artículo 66. Participación e información del proceso de evaluación. Artículo 67. Procedimiento de revisión y reclamación. Artículo 68. Programa de recuperación de módulos profesionales no superados. Artículo 69. Documentos de evaluación.
CAPÍTULO VII. Convalidaciones y exenciones
Artículo 70. Convalidación de módulos profesionales. Artículo 71. Procedimiento general de convalidación de módulos profesionales, o en su caso ámbitos. Artículo 72. Exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado. Artículo 73. Procedimiento para la exención de la fase de formación en empresa u organismo equiparado. Artículo 74. Efectos académicos de las convalidaciones o exenciones. Artículo 75. Recursos.
CAPÍTULO VIII. Pruebas de acceso, cursos de acceso a Grado Medio y Grado Superior y Pruebas para la obtención directa de títulos
SECCIÓN 1.ª Pruebas de acceso
Artículo 76. Personas a las que van dirigidas las pruebas de acceso. Artículo 77. Tipos de pruebas de acceso y efectos de las mismas. Artículo 78. Finalidad de las pruebas de acceso. Artículo 79. Currículo de las pruebas de acceso. Artículo 80. Exenciones en la prueba de acceso de Grado Medio. Artículo 81. Exenciones en la prueba de acceso de Grado Superior. Artículo 82. Convocatoria de las pruebas de acceso. Artículo 83. Comisiones Evaluadoras de las pruebas de acceso.
SECCIÓN 2.ª Cursos de acceso
Artículo 84. Cursos de formación específicos para el acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
SECCIÓN 3.ª Pruebas para la obtención directa de títulos
Artículo 85. Convocatoria de Pruebas para la obtención directa de títulos. Artículo 86. Requisitos y condiciones de participación. Artículo 88. Incompatibilidades con la matrícula en las pruebas. Artículo 89. Comisiones de Evaluación de las pruebas libres.
CAPÍTULO IX. Orientación, tutoría y atención a las diferencias individuales
Artículo 90. Información y orientación profesional. Artículo 91. Orientación educativa y atención a las diferencias individuales. Artículo 92. Agentes responsables de la orientación profesional. Artículo 93. Tutoría.
CAPÍTULO X. Centros del sistema de formación profesional
Artículo 94. Autorización de centros del Sistema de Formación Profesional. Artículo 95. Autorización de las ofertas formativas en la modalidad presencial en centros docentes públicos y privados. Artículo 97. Adscripciones.
CAPÍTULO XI. Autonomía de los centros
Artículo 98. Autonomía de los centros. Artículo 99. Proyecto Curricular de las ofertas de Grado D y Grado E. Artículo 100. Programaciones didácticas de las ofertas de Grado D y Grado E. Artículo 101. Metodologías didácticas. Artículo 102. Enseñanzas bilingües en lenguas extranjeras y participación en programas internacionales. Artículo 103. Condiciones para la impartición de enseñanzas bilingües en lenguas extranjeras.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Referencias contenidas en el decreto. D.A. 2ª. Procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Currículo de los módulos profesionales no superados durante el periodo de implantación. D.T. 2ª. Matrícula a efectos de convalidaciones. D.T. 3ª. Sistema de beca en el régimen intensivo. D.T. 4ª. Pruebas de acceso y cursos de formación específicos para el acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.