Df 2 entrada en vigor entrada Reglamento de Planeamiento Urbanístico
- Norma que mantiene su vigencia en cuanto no se oponga al Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, o a sus normas de desarrollo. - Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. [2023/1957]
Ver Indice
»D.F. 2ª: Entrada en vigor.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Dado en Toledo, a 14 de Septiembre de 2004
El Presidente JOSE MARIA BARREDA FONTES
El Consejero de Vivienda y Urbanismo. ALEJANDRO GIL DIAZ
