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DIRECTIVA 94/62/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 1994 relativa a los envases y residuos de envases. - Diario Oficial de la Unión Europea de 31-12-1994

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Julio de 2018

F. entrada en vigor: 31/12/1994

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 365

F. Publicación: 31/12/1994


Preambulo Artículo 1. Objetivos Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Prevención Artículo 5. Reutilización Artículo 6. Valorización y reciclado Artículo 6 bis. Normas relativas al cálculo de la consecución de los objetivos Artículo 6 ter. Informes de alerta temprana Artículo 7. Sistemas de devolución, recogida y valorización Artículo 8. Marcado y sistema de identificación Artículo 8 bis. Medidas específicas para las bolsas de plástico biodegradables o compostables Artículo 9. Requisitos básicos Artículo 10. Normalización Artículo 11. Niveles de concentración de metales pesados en los envases Artículo 12. Sistemas de información y comunicación de datos Artículo 13. Información de los usuarios de envases Artículo 14. Planes de gestión Artículo 15. Instrumentos económicos Artículo 16. Notificación Artículo 17. Obligación de informar Artículo 18. Libertad de puesta en el mercado Artículo 19. Adaptación a los avances científicos y técnicos Artículo 20. Medidas específicas Artículo 20 bis. Informes sobre las bolsas de plástico Artículo 21. Procedimiento de comité Artículo 21 bis. Ejercicio de la delegación Artículo 22. Trasposición al Derecho nacional Artículo 23 Artículo 24 Artículo 25 ANEXO I. Ejemplos ilustrativos de los criterios a que se refiere el punto 1 del artículo 3 ANEXO II. Requisitos básicos sobre composición de los envases y sobre la naturaleza de los envases reutilizables y valorizables, incluidos los reciclables ANEXO III. Datos que los Estados Miembros habrán de incluir en sus bases de datos sobre envases y residuos de envases (con arreglo a los cuadros 1 a 4 que aparecen a continuación) ANEXO IV. Plan de Ejecución que se ha de presentar de conformidad con el artículo 6, apartado 1 bis, letra d)