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Decreto Legislativo n.º 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 01-03-2000

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Diciembre de 2023

F. entrada en vigor: 02/03/2000

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 50

F. Publicación: 01/03/2000


PREÁMBULO Artículo único.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE LA REGIÓN DE MURCIA
TÍTULO PRELIMINAR. Principios Generales
Artículo 1. Definición y prerrogativas de la Hacienda Pública Regional. Artículo 2. Régimen normativo. Artículo 3. Funciones de la Administración financiera de la Comunidad Autónoma. Artículo 4. Principios de la Hacienda Pública Regional. Artículo 5. Organismos autónomos. Artículo 6. Empresas públicas regionales. Artículo 7. Principio de reserva de ley. Artículo 8. Competencias del Consejo de Gobierno. Artículo 9. Competencias del Consejero de Economía y Hacienda. Artículo 10. Competencias de los Consejeros. Artículo 11. Competencias de los titulares de los organismos autónomos.
TÍTULO I. Régimen Jurídico de la Hacienda Pública Regional
CAPÍTULO I. Derechos económicos de la Hacienda Pública Regional
Artículo 12. Derechos económicos de la Hacienda Pública Regional. Artículo 13. Principio de no afectación de los recursos. Artículo 14. Órganos competentes para la administración de los recursos. Artículo 15. Rendimientos procedentes del patrimonio.
CAPÍTULO II. Administración de los derechos económicos de la Hacienda Pública Regional
Artículo 16. Administración de los tributos y otros ingresos de derecho público. Artículo 17. Gestión recaudatoria. Artículo 18. Límites a los derechos económicos de la Hacienda Pública Regional. Artículo 19. Prerrogativas de la Hacienda Pública Regional. Procedimiento de apremio. Artículo 20. Intereses de demora. Artículo 21. Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública Regional.
CAPÍTULO III. Las obligaciones económicas de la Hacienda Pública Regional
Artículo 22. Fuentes y exigibilidad de las obligaciones económicas de la Hacienda Pública Regional. Artículo 23. Prerrogativas de la Hacienda Pública Regional. Artículo 24. Intereses de demora. Artículo 25. Prescripción de las obligaciones de la Hacienda Pública Regional.
CAPÍTULO IV. Tercerías y reclamaciones previas a la vía judicial
Artículo 26. Tercerías y reclamaciones previas a la vía judicial.
TÍTULO II. Presupuestos y gestión económico- financiera
CAPÍTULO I. Concepto, elaboración y aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
Artículo 27. Concepto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 28. Ámbito temporal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 29. Contenido de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 30. Estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 31. Procedimiento de elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 32. Remisión del Proyecto de Ley a la Asamblea Regional. Artículo 33. Prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 34. Principio de presupuesto bruto.
CAPÍTULO II. Los créditos y sus modificaciones
Artículo 35. Especialidad de los créditos. Artículo 36. Limitación de los compromisos de gasto. Artículo 37. Compromisos de gasto de carácter plurianual. Artículo 38. Incorporaciones de crédito. Artículo 39. Temporalidad de los créditos. Artículo 40. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Artículo 41. Anticipos de tesorería. Artículo 42. Disposiciones comunes a las modificaciones de crédito. Artículo 43. Modificaciones de créditos con asignación nominativa. Artículo 44. Transferencias de crédito. Artículo 45. Generaciones de crédito. Artículo 46. Reposiciones de crédito. Artículo 47. Creación de nuevos programas.
CAPÍTULO III. Ejecución y Liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
Artículo 48. Fases del procedimiento de gestión de los créditos. Artículo 49. Competencias en materia de gestión de gastos. Artículo 50. Dotaciones presupuestarias de la Asamblea Regional. Artículo 51. Ordenación de pagos. Artículo 52. Embargos y mandamientos de ejecución sobre derechos de cobro. Artículo 53. Pagos a justificar. Artículo 54. Anticipos de caja fija. Artículo 55. Liquidación del presupuesto.
CAPÍTULO IV. Normas especiales para las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sociedades mercantiles regionales
Artículo 56. Disposiciones relativas a los presupuestos de los organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos. Artículo 57. Disposiciones relativas a los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sociedades mercantiles regionales.
CAPÍTULO V. Subvenciones y ayudas públicas
Artículo 58. Ámbito de aplicación. Artículo 59. Órganos competentes para la concesión de subvenciones. Artículo 60. Beneficiario de subvenciones. Artículo 61. Entidades colaboradoras. Artículo 62. Bases reguladoras y procedimiento de concesión. Artículo 63. Contenido de las bases reguladoras. Artículo 64. Concesión de subvenciones mediante convenio. Artículo 65. Limitaciones a la concesión de subvenciones. Artículo 66. Abonos a cuenta y pagos anticipados. Artículo 67. Justificación de la aplicación de los fondos. Artículo 68. Reintegro de las cantidades percibidas. Artículo 69. Infracciones y responsables. Artículo 70. Sanciones y graduación. Artículo 71. Competencia y procedimiento sancionador. Artículo 72. Concurrencia de sanciones. Artículo 73. Responsabilidad subsidiaria.
TÍTULO III. Tesoro Público y Deuda Pública Regional
CAPÍTULO I. El Tesoro Público Regional
Artículo 74. Definición y prerrogativas del Tesoro Público Regional. Artículo 75. Funciones del Tesoro Público Regional. Artículo 76. Depósito de los fondos del Tesoro Público Regional. Artículo 77. Ingresos y medios de pago del Tesoro Público Regional. Artículo 78. Operaciones financieras del Tesoro Público Regional.
CAPÍTULO II. Régimen de fianzas, depósitos y avales
Artículo 79. Caja de Depósitos. Artículo 80. Fianzas por arrendamiento de locales o viviendas, o por suministros o servicios complementarios. Artículo 81. Avales de la Administración Pública Regional. Artículo 82. Avales de organismos autónomos y empresas públicas.
CAPÍTULO III. La deuda pública regional
Artículo 83. Endeudamiento de la Comunidad Autónoma. Artículo 84. Modalidades de la Deuda Pública Regional. Artículo 85. Requisitos del endeudamiento a largo plazo. Artículo 86. Endeudamiento a corto plazo. Artículo 87. Habilitación legal y competencias para la realización de operaciones de endeudamiento. Artículo 88. Aplicación y gestión presupuestaria de las operaciones financieras. Artículo 89. Reglas de prescripción en materia de deuda pública regional.
TÍTULO IV. Control interno y Contabilidad pública
CAPÍTULO I. Control Interno
SECCIÓN 1.ª Control Interno e Intervención
Artículo 90. Ámbito del control interno. Artículo 91. La Intervención General de la Comunidad Autónoma.
SECCIÓN 2.ª Función Interventora
Artículo 92. Objeto de la función interventora. Artículo 93. Modalidades del ejercicio de la función interventora, y competencias inherentes a la misma. Artículo 94. Supuestos de no sujeción a la fiscalización previa. Artículo 95. Fiscalización limitada previa. Artículo 96. Reparos formulados en ejercicio de la función interventora. Artículo 97. Discrepancias con el órgano al que afecte el reparo. Artículo 98. Función interventora en los organismos autónomos.
SECCIÓN 3.ª Control financiero y otras formas de control
Artículo 99. Control financiero. Artículo 100. Plan anual de control financiero. Artículo 101. Formas de ejercicio del control financiero. Artículo 102. Control financiero de las ayudas públicas. Artículo 103. Controles de eficacia y eficiencia. Artículo 103 bis. Supervisión continua. Artículo 103 ter. Informes de supervisión continua.
CAPÍTULO II. Contabilidad Pública
Artículo 104. Régimen de contabilidad pública y rendición de cuentas. Artículo 105. Fines de la contabilidad pública. Artículo 106. Funciones de la Intervención General como centro directivo de la contabilidad pública. Artículo 107. Funciones de la Intervención General como centro gestor de la contabilidad pública. Artículo 108. La Cuenta General de la Comunidad Autónoma.
TÍTULO V. Responsabilidades
Artículo 109. Responsabilidad por los daños y perjuicios causados a la Hacienda Pública Regional. Artículo 110. Infracciones. Artículo 111. Órganos competentes y procedimiento. Artículo 112. Régimen jurídico de los daños a la Hacienda Pública Regional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Repercusiones presupuestarias de disposiciones legales y reglamentarias. D.A. 2ª. Fundaciones del Sector Público Autonómico. D.A. 3ª. Consorcios adscritos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.