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Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 31-01-2011

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 01/02/2011

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 24

F. Publicación: 31/01/2011


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo único. Aprobación del Texto Refundido.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen aplicable a los hechos imponibles.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Entrada en vigor.
Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos.
TÍTULO I. REGULACIÓN EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS
CAPÍTULO I. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 1.- Deducciones autonómicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo 2.- Tarifa autonómica. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
CAPÍTULO II. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Artículo 3.- Beneficios fiscales en la modalidad de Sucesiones. Artículo 4.- Beneficios fiscales en la modalidad de Donaciones. Artículo 5.- Tarifa del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
CAPÍTULO III. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Artículo 6.- Tipos de gravamen en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Artículo 7.- Tipos de gravamen en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados. Artículo 8.- Bonificaciones en la cuota. Artículo 9.- Normas comunes para la aplicación de los tipos reducidos.
CAPÍTULO IV. Tributos sobre el juego.
Artículo 10.- Tipos tributarios, cuotas fijas, devengo, gestión y recaudación.
CAPÍTULO V. Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos
Artículo 11. Tipo impositivo autonómico. Artículo 12. Tipo autonómico de devolución del impuesto.
CAPITULO VI. Impuesto sobre Patrimonio.
Artículo 13. Tipo de gravamen. Artículo 13 Bis. Deducción por aportaciones a proyectos de excepcional interés público regional.
CAPÍTULO VII. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Artículo 14. Tipo de gravamen.
TÍTULO II. NORMAS DE GESTIÓN
Artículo 15.- Normas de gestión.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Vigencia del Plan de Vivienda Joven. D.A. 2ª. Bajas temporales. D.A. 3ª. Deducción de la cuota en la Tasa Fiscal sobre el Juego aplicable a Casinos. D.A. 4ª. Bonificaciones en determinadas Rifas y Tómbolas. D.A. 5ª. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicable en los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. D.A. 6ª. Aplicación temporal de cuotas reducidas para las máquinas recreativas de los tipos B y C, en los ejercicios 2020 y 2021. D.A. 6ª sic. Bajas temporales de máquinas recreativas de tipo B y C en el segundo semestre del ejercicio 2020. D.A. 7ª. Aplicación temporal de la tarifa reducida de la Tasa Fiscal sobre el Juego aplicable a Casinos, durante los ejercicios 2020 y 2021. D.A. 7ª sic. Bonificación de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar, correspondiente al segundo trimestre de 2020. D.A. 8ª. Normas especiales en relación con los devengos del Impuesto sobre el Patrimonio que se produzcan en fecha 31 de diciembre de 2023 y 31 de diciembre de 2024. D.A. 9ª. Requisito para la aplicación de la deducción por inversiones en instalaciones de recursos energéticos realizadas durante el año 2023.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Deducciones autonómicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.