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Instrumento de ratificación del Segundo Protocolo Adicional al Convenio europeo de asistencia judicial en materia penal, hecho en Estrasburgo el 8 de noviembre de 2001. - Boletín Oficial del Estado de 01-06-2018

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2018

F. entrada en vigor: 01/07/2018

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 133

F. Publicación: 01/06/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO EUROPEO DE ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL
CAPÍTULO I
Artículo 1. Ámbito de aplicación. Artículo 2. Presencia de autoridades de la Parte requirente. Artículo 3. Traslado temporal de personas detenidas al territorio de la Parte requirente. Artículo 4. Vías de comunicación. Artículo 5. Gastos. Artículo 6. Autoridades judiciales.
CAPÍTULO II
Artículo 7. Ejecución aplazada de las solicitudes. Artículo 8. Procedimiento. Artículo 9. Audiencia por videoconferencia. Artículo 10. Audiencia por conferencia telefónica. Artículo 11. Información espontánea. Artículo 12. Restitución. Artículo 13. Traslado temporal de detenidos al territorio de la Parte requerida. Artículo 14. Comparecencia personal de personas condenadas y trasladadas. Artículo 15. Lengua de los documentos procesales y de las resoluciones judiciales que hayan de notificarse. Artículo 16. Notificación por correo. Artículo 17. Vigilancia transfronteriza. Artículo 18. Entrega vigilada. Artículo 19. Investigaciones encubiertas. Artículo 20. Equipos conjuntos de investigación. Artículo 21. Responsabilidad penal en relación con los funcionarios. Artículo 22. Responsabilidad civil en relación con los funcionarios. Artículo 23. Protección de testigos. Artículo 24. Medidas provisionales. Artículo 25. Confidencialidad. Artículo 26. Protección de datos. Artículo 27. Autoridades administrativas. Artículo 28. Relaciones con otros tratados. Artículo 29. Solución amistosa.
CAPÍTULO III
Artículo 30. Firma y entrada en vigor. Artículo 31. Adhesión. Artículo 32. Aplicación territorial. Artículo 33. Reservas. Artículo 34. Denuncia. Artículo 35. Notificaciones. ESTADOS PARTE DECLARACIONES Y RESERVAS