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LEY 1/2008, de 4 de diciembre, para la ejecucion en la Union Europea de resoluciones que impongan sanciones pecuniarias. - Boletín Oficial del Estado de 05-12-2008

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 11 de Diciembre de 2014

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 293

F. Publicación: 05/12/2008

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
I II III IV
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Estado de emisión y Estado de ejecución. Artículo 3. Sanción pecuniaria. Artículo 4. Autoridades judiciales españolas competentes. Artículo 5. Destino de las cantidades cobradas. Artículo 6. Gastos.
CAPÍTULO II. Transmisión por las autoridades españolas de una resolución por la que se exija el pago de una sanción pecuniaria para su ejecución en otro Estado miembro de la Unión Europea
Artículo 7. Transmisión de una resolución por la que se exija el pago de una sanción pecuniaria. Artículo 8. Documentación y modo de transmisión. Artículo 9. Consecuencias de la transmisión de una resolución. Artículo 10. Adopción de una medida de suspensión de la ejecución. Artículo 11. Impugnación de la sentencia, amnistía e indulto.
CAPÍTULO III. Ejecución en España de una resolución por la que se exija el pago de una sanción pecuniaria emitida por la autoridad competente de otro Estado miembro de la Unión Europea
Artículo 12. Principio de doble tipificación. Artículo 13. Reconocimiento y ejecución de las resoluciones. Artículo 14. Denegación del reconocimiento y la ejecución de la resolución. Artículo 15. Normas aplicables a la ejecución de la resolución. Artículo 16. Revisión de la cuantía de la sanción. Artículo 17. Sanciones alternativas en caso de impago de la sanción pecuniaria. Artículo 18. Suspensión de la ejecución. Artículo 19. Recursos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Transmisión de medidas con el Reino Unido y la República de Irlanda. D.A. 2ª. Remisión de información estadística.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Resoluciones en curso.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Competencia estatal. D.F. 2ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO. Certificado para la ejecución de sanciones pecuniarias en otro Estado miembro de la Unión Europea