Legislación
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Ley 1/2008, de 27 de noviembre, de medidas tributarias y financieras de impulso a la actividad económica de Andalucía, y de agilización de procedimientos administrativos. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11-12-2008

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 12/12/2008

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 245

F. Publicación: 11/12/2008


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Medidas tributarias
CAPÍTULO I. Tributos cedidos
Sección 1.ª Impuestos Directos
Artículo 1. Deducción por ayuda doméstica. Artículo 2. Reducción propia por la donación de dinero a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual. Artículo 3. Reducción autonómica para cónyuge y parientes directos por herencias.
Sección 2.ª Impuestos Indirectos
Artículo 4. Deducción en cuota para promover el acceso a la vivienda nueva.
CAPÍTULO II. Tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de la caza, salas de tratamiento de reses de lidia y otros establecimientos alimentarios sujetos a control oficial
Artículo 5. Hecho imponible. Artículo 6. Sujeto pasivo. Artículo 7. Gestión e ingreso. Artículo 8. Cuota tributaria. Artículo 9. Devolución y revisión.
TÍTULO II. Medidas financieras
CAPÍTULO ÚNICO. Medidas en materia de avales
Artículo 10. Avales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Autoliquidación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de la caza, salas de tratamiento de reses de lidia y otros establecimientos alimentarios sujetos a control oficial. D.T. 2ª. Aplicación por el Servicio Andaluz de Salud de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de la caza, salas de tratamiento de reses de lidia y otros establecimientos alimentarios sujetos a control oficial. D.T. 3ª. Aplicación retroactiva de las modificaciones de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de la caza, salas de tratamiento de reses de lidia y otros establecimientos alimentarios sujetos a control oficial.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, y se establecen medidas adicionales para su protección. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 12/1984, de 19 de octubre, de declaración de las Marismas del Odiel como Paraje Natural y de la Isla de Enmedio y la Marisma del Burro como Reservas Integrales. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana. D.F. 9ª. Modificación de la Ley 3/2003, de 25 de junio, de declaración del Paraje Natural de Alborán. D.F. 10ª. Modificación de/o Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.F. 11ª. Gestión telemática de los centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo andaluz. D.F. 12ª. Delegación legislativa para la refundición de normas en materia de tributos cedidos. D.F. 13ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 14ª. Entrada en vigor.